GP Personas en Movilidad Humana

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Promover los derechos de las personas en movilidad humana dentro y fuera del territorio ecuatoriano, la vigencia plena del marco constitucional, regional y legal que les asiste y la transversalización del enfoque de movilidad humana en el proceso legislativo.

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Ecuador reconocerá el divorcio de ecuatorianos que viven en el exterior

Martes, 21 de abril del 2015 - 20:57 Imprimir

Este martes 21 de abril de 2015, la Asamblea Nacional del Ecuador aprobó con 89 votos afirmativos una serie de cambios al Código Civil, entre las que se incluye la propuesta del Grupo Parlamentario por los Derechos de las Personas en  Movilidad Humana de reforma al artículo 129 del Código Civil,  con la finalidad de que puedan ser homologadas y reconocidas las sentencias extranjeras de divorcio de las personas  ecuatorianas que viven en el extranjero.

La norma del Código Civil impedía que el matrimonio civil celebrado en el Ecuador pueda ser disuelto en el extranjero, por lo que pese al divorcio realizado en otro país, este no podía homologarse en el Ecuador. Con la reforma aprobada por el Pleno de la Asamblea Nacional, podrán homologarse las sentencias extranjeras de divorcio, relativas a procesos contenciosos o de mutuo acuerdo que se lleven a cabo en el exterior. No se podrá homologar las sentencias extranjeras de divorcio que cuando de forma concurrente se presente que: uno de los cónyuges fuere ecuatoriano, el matrimonio se hubiera celebrado en el Ecuador y existan hijos del matrimonio menores de 18 años que residan en el Ecuador; protegiendo y garantizando así los derechos de alimentos, visitas y tenencia.

La asambleísta Linda Machuca, en el proceso de construcción de la propuesta señaló los problemas que enfrentan los compatriotas en el exterior al verse impedidos de ejercer su derecho a la tutela judicial efectiva y dar por terminado en el exterior que es su lugar de su residencia, el matrimonio celebrador en el Ecuador.  Señaló además la  pertinencia de permitir la homologación de sentencias extranjeras de divorcio, puesto que  al estar legalmente divorciados en el exterior, los compatriotas pueden contraer matrimonio en dicho lugar, pero  seguir casados para la legislación ecuatoriana,  generando así el estado de bigamia.

Según una investigación del Grupo Parlamentario, en el año 2014, de 255 casos de homologación de sentencias extranjeras de divorcio planteados en 8 cortes provinciales del país, únicamente fueron aceptadas 50. 

Los asambleístas Alex Guamán, Dora Aguirre y Eduardo Zambrano, miembros del Grupo Parlamentario subrayaron que con esta reforma se atiende los requerimientos de la comunidad migrante y se da cumplimiento al mandato constitucional del progresivo desarrollo de  derechos.

 

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