OBSERVACIONES AL INFORME PARA EL PRIMER DEBATE SOBRE LA LEY DE HIDROCARBUROS

Martes, 09 de diciembre del 2014 - 00:00 Imprimir

El presente informe, en su parte de ANÁLISIS Y RAZONAMIENTO, hace hincapié en los criterios emitidos por la Secretaría de Hidrocarburos a los cuales califica de esclarecedores. Esto tiene sentido, no obstante, se trata de un órgano del Estado especializado en el tema y reproduce parte de su comunicado, el mismo que es determinante en la opinión de la comisión.

 

Estos temas tienen que ver con dos elementos que me permito desglosarlo para su mayor comprensión y al cual añado una observación adicional.

 

1.- TARIFA ÚNICA.- Señala el oficio mencionado, en su parte principal, que se devuelve la titularidad de la totalidad de la producción nacional a favor del Estado, estableciendo únicamente el reconocimiento de una tarifa por barril producido a favor de los contratistas, que no fluctúe en función del precio del petróleo, del cual se han beneficiado desproporcionadamente las compañías operadoras.

 

Sin embargo, de lo dicho, esto no parece tan beneficio para el Estado, porque el precio único pactado por este a favor del contratista por cada barril de petróleo se mantienen inmune a los vaivenes del precio en el mercado internacional, muchos de los cuales se ven influenciados no solo por razones de orden económico sino geopolítico. Efectivamente, el caso lo podríamos ejemplificar, con los precios actuales de precio del barril del petróleo, mientras en el presupuesto para 2015, consta un estimado de casi ochenta dólares por el precio de barril (79,9 exactamente), este se encuentra vendiendo en el mercado internacional en casi cincuenta y nueve dólares (58, 90 a la fecha), de acuerdo a la propuesta, en el presente caso, el contratista sigue recibiendo la misma cantidad de dinero por barril de petróleo mientras el Estado no, en tanto considero pertinente se pondere de forma equitativa tanto la participación de beneficios como de pérdidas, constantes en el capítulo V de los ingresos estatales.

 

2.- CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.-

 

Se erige el contrato de prestación de servicios como el único modelo contractual excluyendo otras formas de negociación; asumiendo, excepto en casos excepcionales, la exploración y explotación de todos los recursos hidrocarburíferos. Sin embargo, la naturaleza del contrato de prestación de servicios es de derecho privado, donde es posible la transacción, pero en el caso que nos ocupa la parte contratante es el Estado y, por lo tanto, no se puede acceder a formas de transacción prohibidas en la Constitución y la Ley, por lo tanto, es necesario expresar que si bien es un contrato de prestación de servicios; que dicho sea de paso, también son reservados para transferir tecnología o celebrar contratos de ingeniería propios del derecho comercial, y no tienen relación con los contratos de obra, que también se puede dar en el sector hidrocarburífero, deben someterse a la legislación pública y todo lo que ello entraña.

 

De igual manera, las compañías de economía mixta se encuentran ordenadas en la ley de compañías, de cual se deducirá, su forma de constituirse y administrarse, gobernarse, en definitiva toda su actividad, por lo tanto considero que es pertinente se incorpore estos aspectos en el Art 37 del proyecto.

 

3.- FONDO DE ESTABILIZACIÓN PETROLERA.

 

La práctica nos está demostrando que no todo el tiempo se vive momentos de vacas gordas, sino que también se viven momentos en donde la austeridad, la racionalidad del gasto e inversión son necesarios, y evitar recurrir a las típicas recetas de endeudamiento. En tal sentido, considero que el Proyecto debe contemplar un Fondo de Estabilización Petrolera, que tenga como función ser una caja de ahorro, cuando el precio del barril del petróleo se encuentre a la baja, lejos de lo presupuestado, exista márgenes de estabilización de lo obtenido en momentos que el precio de petróleo superaba lo proyectado en nuestro presupuesto, así se generará una estabilidad económico y se proyectará con realidad los gastos.

 

Atentamente,

 

 

As. María Gabriela Díaz Coka.

ASAMBLEÍSTA POR PASTAZA.

Gabriela Díaz
Asambleísta por Pastaza Avanza

María Gabriela Díaz Coka,  nació en la ciudad de Puyo en la provincia de Pastaza, realizó sus estudios primarios y secundarios en su ciudad natal y los estudios superiores los continuó en la ciudad de Quito, en la carrera de Comunicación Social con Mención en Comunicación Organizacional. Ha realizado cursos relacionados con liderazgo para la transformación, procesos para elaboración de programas y proyectos, así como cursos para internalizar la perspectiva de género en el trabajo con sectores vulnerables de la sociedad, dictados por la Escuela Politécnica del Litoral ESPOL y la Corporación Andina de Fomento básicamente.

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