Observaciones al Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Defensa Profesional del Artista

Jueves, 06 de junio del 2013 - 16:22 Imprimir

Antecedentes.-

En el Ecuador, la cultura de la protección al artista nacional, había pasado por la simplicidad de normas que mas protegían al empresario que al mismo artista, muchas veces no solo exponente de una variedad cultural, sino en muchos casos polifuncional, sea como productor, compositor, actores, cantantes, músicos, bailarines, fono mímicos, animadores, declamadores y en general todo aquel que recite, interprete o ejecute una obra literaria o artística. Lo que desembocaba en una ley que no evolucionaba a la par de como crecía la profesionalización de nuestros artistas.

Muchos de ellos se vieron obligados a migrar, puesto que el esfuerzo de su trabajo, no tenia las debidas protecciones para evitar el robo de su propiedad artística intelectual el abuso exagerado de la piratería industrializada por los medios electrónicos, que sin mayores méritos, reproducían indiscriminadamente su trabajo, sin reconocimiento ni ganancia alguna para el artista;

Nos habíamos acostumbrado a creer que el artista no debía tener en sentido alguno mayor protección, que no sea la que le brindaba efimeramente el escenario, el momento y las luces que lo cubrían, sin considerar que su trabajo, era un esfuerzo mal recompensado, que incluso caía muchas veces en manos de empresarios inescrupulosos que explotaban su trabajo y que no satisfacían sus mínimas necesidades, de allí que muchos artistas en vez de mejorar su calidad profesional, debían compartir otros trabajos para subsistir;

Se han repetido casos de artistas que fueron contratados de manera verbal con la oferta de ciertos beneficios económicos y que después, no se cumplieron ni lo uno ni lo otro, sin que exista medios coercitivos legales, que sancionen estas practicas abusivas de explotar a los artistas, sean estos nacionales o extranjeros.

Poco a poco las participaciones de nuestros artistas fueron siendo menos, en virtud de que no se realizan concursos para escoger a los mejores y cuando estos se daban, no tenían ni la asesoría ni el apoyo del estado para lograr una presentación del país decorosa y exitosa.

En el caso de artistas residentes en el exterior, muchos de ellos se vieron forzados a salir del país por falta de oportunidades con su esfuerzo, sacrificio estudiaron y se profesionalizaron, por lo que consideramos necesario integrarles en las delegaciones como representantes del país, puesto que durante años han ejercido la honrosa función de embajadores culturales del Ecuador en distintos escenarios internacionales.

En virtud de lo expuesto, presento mis Observaciones y Recomendaciones al Proyecto con el fin de que sean consideradas:

Observaciones y Recomendaciones:

  • En el Art.- 3 del Proyecto de Ley que busca sustituir el Art.- 5 de la ley vigente, que se refiere a los contratos verbales o escritos, recomiendo:

Que se inserte un texto especifico al final, como último párrafo que diga:

"Para el caso de artistas ecuatorianos que sean contratados para trabajar en el extranjero, o de artistas extranjeros para trabajar en el país, los contratos deberán ser obligatoriamente por escrito".

Análisis: Esto en virtud de que por la experiencia presentada, los contratos verbales realizados en la actualidad, han sido causa de malos entendidos, incumplimiento, fraude y engaño, no solamente para artistas ecuatorianos en el exterior, sino incluso para aquellos que debido a la falta de trabajo miraron a distintos países donde han caído en situaciones de semi-esclavitud laboral, que ante el incumplimiento de ciertas prestaciones, se han visto abandonados a su suerte, sin boletos de retorno, y en situaciones de vulnerabilidad, por seudos empresarios sin garantía y sin escrúpulos, situación, que lastimosamente se ha repetido para artistas extranjeros, que luego no han podido ser resarcidos de sus obligaciones por la falta especifica de un documento "prueba" para ejercer reclamaciones posteriores, constituyéndose una burla repetitiva, para quienes se comprometen en la inseguridad de una promesa que luego resulta vana.

  • En el Art.- 33 insertar en el texto lo siguiente:

Después de la frase; previo concurso abierto convocado..., insertar lo siguiente: "tanto en el país como en el extranjero", continuando la frase.

Remplazar la palabra APORTE, en la frase: que contará con el aporte de la Federación Nacional de Artista Profesionales del Ecuador..." por la palabra ASESORÍA.

Análisis.- Esto por que debemos considerar que el aporte no implica un compromiso serio y formal por lograr que la participación del artista en el exterior tenga el realce que esperamos, al representar al país, por lo que, al comprometer el apoyo, en calidad de asesoría, este debería estar vinculado a la excelencia de la participación del artista, ganando de este modo no solo una participación mas, sino un espacio de realce para el arte ecuatoriano en la esfera mundial.

  • En el Art.- 11 del proyecto de ley, que busca sustituir el Art.- 26 Insertar un inciso final que dirá:

En el caso de los artistas profesionales ecuatorianos residentes en el exterior se procederá a registrar y emitir la autorización para el ejercicio de la actividad a través de las agregadurias culturales de las embajadas ecuatorianas en los distintos países.

Dora Aguirre
Asambleísta por Europa - Asia y Oceanía Alianza PAIS

Asambleísta por la Circunscripción de Europa, Asia y Oceanía. Desde muy joven me desempeñé como activista social en mi provincia natal Imbabura. Posteriormente en España como migrante, fui fundadora y presidenta de la Asociación Rumiñahui Hispano Ecuatoriana, trabajé en la defensa de los derechos de las personas en situación de movilidad humana, trabajo altamente reconocido que me llevó a ser elegida en 2009 como asambleísta representante de las y los ecuatorianos en Europa, Asia y Oceanía y reelecta para el periodo 2013-2017. Desde entonces hemos visibilizado el trabajo de las personas en situación de Movilidad Humana e incorporado la migración como eje transversal en más de 20 leyes aprobadas en la Asamblea Nacional.

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