Observaciones para el Segundo Debate del PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Jueves, 04 de julio del 2013 - 16:39 Imprimir

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006-ADC-AN-2013 Quito, D.M., 12 de junio de 2013 Señor Richard Calderón Saltos PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ESPECIALIZADA PERMANENTE DE GOBIERNOS AUTÓNOMO S, DESCENTRALIZACIÓN,COMPETENCIAS Y ORGANIZACIÓN DE TERRITORIO Presente.- En su Despacho: 

En mi calidad de asambleísta por la provincia del Guayas y en uso de las facultades que me confiere la Ley Orgánica de la Función Legislativa, me permito presentar las observaciones para el segundo debate del "PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA".

Antecedente: En mención a lo que expresa la Constitución de la República del Ecuador, en su Art. 288, establece que: Las compras publicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en participar los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas. Esta reforma surgen con el fin de avanzar y adquirir un sistema Nacional de Contratación Publica, como un servicio con personalidad jurídica y autonomía administrativa. Con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, publicado en el suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de Agosto del 2008, el mismo que mediante Decreto Ejecutivo No. 1700, publicado en Registro Oficial Suplemento No. 588 de 12 de mayo de 2009, se expide el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; se hace necesaria esta reforma para la inclusión de los actores de la economía popular y solidaria, que responda a los procesos de cambios que actualmente vive el Ecuador; este proyecto de revolución ciudadana, el que promueve el bien común y antepone el interés general al interés particular, conforme al Buen Vivir. Como bien sabemos las leyes y normas son acuerdos sociales, que recogen las mejores y grandes ideas de todos los sectores sociales por eso creemos justo que haya una reforma a esta ley, para estar a tono al Plan de Buen Vivir, dado que el marco jurídico actual de esta ley y la práctica administrativa no responde a los intereses del Ecuador por lo tanto es apremiante reformar algunas disposición legales. Para lo cual sugerimos alguna observación: En el Art. 73, de las Garantías. Incorpórese un inciso al final del Art. 73 que diga: "En lo que concierne a los actores de la Economía Popular y Solidaria, es relevante acotar que en normas técnicas de contratación, se sugiere flexibilidad, en lo referente a las garantías las mismas que podrían ser, los activos fijos que posean las organizaciones, micro, pequeños y medianos productores nacionales. Salvo su mejor criterio. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente Adriana De la Cruz Gaspar ASAMBLEISTA GUAYAS

Adriana De La Cruz
Asambleísta por Guayas Alianza PAIS

Asambleísta por Guayas | Distrito: Circunscripción 1..

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