PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DE LA LEY LA LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO Y OPTIMIZACIÓN DEL SECTOR SOCIETARIO Y BURSÁTIL

Martes, 18 de marzo del 2014 - 10:56 Imprimir

1. Se otorga el carácter de ORGÁNICA, pues regula el funcionamiento de nuevas instituciones del Estado y reforma leyes que tienen el carácter de orgánicas, conforme lo establece el artículo 133 de la Constitución

2. Reformas de las leyes: de Compañías y Valores, Ley Notarial, Ley de Registro, Código de Procedimiento Civil y Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, con el objeto de simplificar los procesos de constitución de sociedades en pocas horas, incluso en línea, a través de un portal en Internet.

3. Incluir inversores distintos a los tradicionales.

4. Separar de la Banca de Inversión a la Banca Comercial.

5. Simplificar y modernizar los procesos.

6. Crear una nueva estructura para las Bolsas de Valores.

7. Proteger al inversor con información de calidad y transparente.

8. Reducir costos de acceso al mercado.

9. Adecuar al marco Constitucional la regulación y el control del Sector.

10. Evitar la evasión de responsabilidades bajo el sigilo societario.

11. Otorgar exoneraciones e incentivos tributarios.

12. Generar oportunidades para todos los actores del Sector Productivo.

13. Se incorpora el principio “in dubio pro inversionista”, por el que, en caso de duda acerca de la aplicación o el alcance de las disposiciones contendidas en la Ley, se tenderá a lo que más favorezca al inversionista.

14. Se establecen los requisitos que se debe cumplir para ser designado Secretario Técnico y ejerza sus funciones y se aclaran las prohibiciones e inhabilidades para el ejercicio de este cargo

Galo Borja
Asambleísta por El Oro Alianza PAIS

Machala (1956). Estudios primarios y secundarios en su tierra natal, Escuela Fiscal Simón Bolívar y Colegio Nacional Nueve de Octubre, respectivamente. Graduado de Arquitecto en la Universidad Católica Santi..

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