A reglamentar y controlar la Minería en el País

Miércoles, 22 de mayo del 2013 - 12:52 Imprimir

La Asamblea Nacional, en su Sesión No. 237 del 13 de Junio, someterá a votación, posterior al Segundo Debate, la reforma a la Ley de Minería, la Ley de Equidad Tributaria en el Ecuador y la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.

La actividad minera puede ser un puntal para el desarrollo del país, sin embargo, es obligación del Estado y la Asamblea asegurar que la minería se efectúe en el Ecuador, con el menor impacto social, cultural y ambiental posible, y el mayor beneficio para todas y todos los ecuatorianos, esta es la razón de la reforma a la ley.

Es indispensable regir la actividad minera con la planificación nacional, por ello se busca incluir en el directorio de la Agencia de Regulación y Control Minero al Secretario Nacional de Planificación y Desarrollo, al igual que mantener la coordinación con el Ministro Sectorial o su delegado, y con el Presidente a través de un delegado.

Para defender los derechos de la naturaleza y los derechos de las propias comunidades aledañas a la extracción mineral, la Asamblea Nacional ha propuesto en la reforma que la actividad minera se sujete al "Plan Nacional de Desarrollo, a los principios del desarrollo sustentable y sostenible, de la protección y conservación del medio ambiente y de la participación y responsabilidad social, debiendo respetar el patrimonio natural y cultural de las zonas explotadas."

Desde las instituciones encargadas, la Asamblea Nacional y la ciudadanía tenemos que vigilar que las concesiones mineras asuman su responsabilidad de no afectar ningún servicio básico, fuentes de agua, complejos arqueológicos, o nuestros patrimonios culturales y naturales. Si bien, las auditorías ambientales son responsabilidad del Ministerio del Ambiente y de la Agencia de Regulación y Control Minero, las y los ecuatorianos, y en especial las comunidades cercanas a las actividades mineras, tenemos que ser veedores del accionar de los concesionarios mineros, ya que al comprobar afectaciones sociales, económicas o ambientales, además de poder revocar la concesión minera, los autores de las infracciones tienen que remediarlas e indemnizar a los afectados.

Por igual, la Reforma busca establecer fuertes sanciones a la actividad minera ilegal, que además de provocar pérdidas económicas al Estado ecuatoriano, es la más contaminante y abusiva con la naturaleza; se plantea la incautación, destrucción y neutralización de la maquinaria que labore ilegalmente; sancionar con 200 a 500 remuneraciones básicas a los autores o propietarios de la extracción, sin perjuicio de un pago equivalente a los minerales sustraídos y la restauración de los ecosistemas e indemnización a las personas afectadas.

Un acierto indudable, es la prohibición del uso de mercurio en las actividades extractivas, empero, esta situación debe ser estrictamente reglamentada y controlada, ya que la ley busca regularizar y sujetar al régimen tributario a la "minería artesanal" que utiliza, básicamente, el mercurio para el refinamiento de varios minerales; entonces, debe ser el Estado con sus respectivas instituciones quienes establezcan los mecanismos de control del mercurio, para así poder dar cumplimiento a este impedimento.

La "minería artesanal" es el sustento de varias comunidades y familias en zonas afectadas por la pobreza, por ello no se la puede prohibir, pero debe ser regulada y controlada para no ocasionar grandes afectaciones al medio ambiente, y progresivamente tecnificarse y hacerse responsable de la inherente remediación producto de su actividad.

La actividad minera debe generar la mayor cantidad de recursos posibles para nuestro país, por eso la reforma plantea la negociación de contratos mineros sobre el precio del producto refinado, en lugar de negociar con el mineral en estado "bruto", esto permitirá la obtención de mayores beneficios para el Ecuador.

Nuestra tarea desde la Asamblea es garantizar una reglamentación adecuada y el establecimiento de mecanismos de control efectivos, por medio de la legislación y la revisión de la ley misma y su correspondiente reglamento, igualmente, el Estado debe responsabilizarse por el cumplimiento de la legislación correspondiente, y vigilar que los contratos mineros tengan el mayor beneficio nacional y la menor afectación social y ambiental.

Finalmente, se debe señalar que la actividad minera debe ser un pilar fundamental en el cambio de la matriz productiva; los recursos obtenidos, en parte, deben asegurar una diversificación productiva y apoyar el desarrollo comercial e industrial de nuestro país.

Diego Vintimilla
Asambleísta por Azuay Alianza PAIS

“Azuayo nacido en Cuenca. Ex presidente de la FEUE Democrática de la Universidad de Cuenca. 2010 – 2012. Miembro del Grupo Parlamentario por los Derechos de las Mujeres. Presidente de la Subcomisión de Evaluación a la LOES”

Facebook - Diego Vintimilla Página Personal  -

E-mail - Diego Vintimilla

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador