Se aprueba el informe para segundo debate del Proyecto de Ley de Reparación de Víctimas

Miércoles, 02 de octubre del 2013 - 09:49 Imprimir

La tarde del martes 01 de octubre, el Pleno de la Asamblea Nacional, en Sesión No. 255, conoció y aprobó, con 93 votos, el informe para segundo debate del Proyecto de Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad Ocurridos en el Ecuador entre el 4 de Octubre de 1983 y el 13 de Diciembre de 2008. mauro-andino-facebook

El Asambleísta Mauro Andino, Presidente de la Comisión de Justicia, señaló que el fin de este Proyecto de Ley es reconocer el derecho que tienen las víctimas a obtener una reparación adecuada, efectiva y rápida, así como la investigación, juzgamiento y sanción a las personas responsables.

El Proyecto de Ley fue presentado por el entonces Defensor del Pueblo, Dr. Fernando Gutiérrez Vera, el 14 de julio de 2010, y su tramitación se encargó a la Comisión de Justicia y Estructura del Estado por parte del Consejo de Administración Legislativa (CAL) el 31 de octubre del 2011. El informe para primer debate fue aprobado, por esta Comisión, el pasado 21 de marzo de 2012.

La Comisión de Justicia, en el marco de la elaboración del informe para segundo debate, recibió, en Comisión General, al Dr. Ramiro Rivadeneira actual Defensor del Pueblo y a una delegación de familiares de las víctimas de graves violaciones de DDHH y delitos de lesa humanidad y del Programa Andino de Derechos Humanos. También se recibió a la Asambleísta Sol Buendía quien expuso sobre la importancia del Proyecto de Ley, la asambleísta resaltó la necesidad de la Ley para que las víctimas, sus familiares y la sociedad entera recuperen la paz social y que esta clase de hechos no se vuelvan a repetir.

Estructura y contenido del Proyecto.-

El Proyecto tiene dos capítulos, el primero contiene el objeto y los principios de la ley. Prevé para el Estado el deber jurídico de reparación integral a favor del universo de víctimas y también el reconocimiento de responsabilidad objetiva estatal por las violaciones de derechos humanos documentadas por la Comisión de la Verdad.

El Capítulo segundo regula las medidas para la reparación de las víctimas, establece la Creación del Programa de Reparación a cargo de la Defensoría del Pueblo.

Por otro lado, establece cuales son las personas beneficiarias de las medidas individuales del Programa de Reparación por vía administrativa y crea el derecho a recibir medidas individuales de reparación integral.

Temas fundamentales del Proyecto de Ley:

Medidas individuales de reparación

Rehabilitación física,

Supresión de datos o antecedentes personales,

Búsqueda liberación o localización de la persona desaparecida,

Declaratoria de muerte presunta, capacitación laboral,

Iniciativas de inclusión económica,

Restitución de apellidos materno y paterno a los hijos de las víctimas

Indemnizaciones

Indemnización por daños materiales e inmateriales, a través de acuerdos indemnizatorios con la Procuraduría General del Estado.

Reparación por vía judicial

La víctima, y a falta de ella su cónyuge, parejas en unión de hecho y sus familiares hasta el segundo grado de consanguineidad pueden demandar judicialmente la reparación integral.

Programa de reparación por vía administrativa a cargo de la Defensoría del Pueblo.

Líneas de trabajo:

Rehabilitación física y atención psicosocial,

Impulso y judicialización de casos,

Educación en DDHH y difusión del Informe final de la Comisión de la Verdad,

Implementación de medidas simbólicas y de satisfacción,

Archivo y custodia de la memoria documental de las violaciones de DDHH.

Además, el texto de Ley recoge la propuesta de la Asambleísta María Augusta Calle de crear el Museo de la Memoria con el fin de documentar y conmemorar a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos en el Ecuador.

 

Mauro Andino
Asambleísta por Chimborazo Alianza PAIS

Asambleísta por Chimborazo y Presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado

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