Linchamiento mediático no está tipificado como delito en la Ley de Comunicación: Mauro Andino

Martes, 02 de julio del 2013 - 18:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El asambleísta Mauro Andino Reinoso, ex presidente de la Comisión Ocasional de Comunicación, en declaraciones a los periodistas aclaró que el linchamiento mediático, no está tipificado como delito dentro de la Ley de Comunicación, que "establece exclusivamente los derechos a la comunicación y, dentro del campo eminentemente administrativo, se refiere a sanciones y no topa aspectos de tipo penal".

 

Según la ley, en lo relativo al el linchamiento mediático prohíbe la difusión de información que, de manera directa o a través de terceros, sea producida de forma concertada y publicada reiteradamente a través de uno o más medios de comunicación con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública.

 

La Superintendencia de la Información y Comunicación podrá disponer, previa la calificación de la pertinencia del reclamo, medidas administrativas como la disculpa pública de la o las personas que produjeron y difundieron tal información; publicar la disculpa en el medio o medios de comunicación, en días distintos, en el mismo espacio, programas, secciones, tantas veces como fue publicada la información lesiva al prestigio o la credibilidad de las personas afectadas.

Estas medidas administrativas se aplicarán sin perjuicio de que los autores de la infracción respondan por la comisión de delitos y/o por los daños causados y por su reparación integral.

El asambleísta Mauro Andino anticipó que si en algún momento una persona presenta una propuesta sobre linchamiento mediático para tipificarlo como un delito y con una sanción penal habrá que analizarlo y determinar si es o no procedente tipificar como delito penal, al aclarar que hasta el momento ningún asambleísta, organización o colectivo ha presentado alguna propuesta al respecto y si esto llegaría a suceder, el tema debe ser analizado muy severamente y a profundidad, porque es muy delicado.

Asimismo aseveró que la honra y la dignidad, que no se puede vulnerar, está protegida no solo en la Ley de Comunicación vigente, sino en la propia Constitución y en la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.

Explicó que si un medio de comunicación toma posición institucional en un proceso judicial que está en etapa de investigación, es obvio que puede ser sancionado, por lo que es importante que los propietarios, concesionarios de las frecuencias de radio y televisión utilicen los términos adecuados, que no tomen una posición oficial y se abstengan de hacer juicios de valor sobre determinados temas.

“Existen muchas ocasiones, que una persona que está siendo procesada o investigada es condenada o declarada culpable por ciertos medios, sin que siquiera se haya llegado a una instrucción fiscal y peor aún sin que exista una sentencia en firme”, argumentó Mauro Andino.

RSA/pv

 

 

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