Iniap innovará tecnologías en sector agropecuario y de producción: Mauricio Proaño

Martes, 25 de noviembre del 2014 - 14:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Iniap innovará tecnologías en sector agropecuario y de producción: Mauricio Proaño

El vicepresidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Mauricio Proaño, subrayó que el proyecto de Ley que reforma las leyes Constitutiva del INIAP y Especial del Sector Cafetalero, determina que el Instituto Nacional de Investigaciones Agropecuarias será una entidad de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, desconcentrada, con autonomía administrativa, financiera y técnica adscrita al Ministerio  de Agricultura, Ganadería Acuacultura y Pesca (MAGAP).

Explicó que esta institución, según el proyecto, tendrá como fines impulsar la investigación científica, la generación, innovación, validación y difusión de tecnologías en el sector agropecuario y de producción forestal en el ámbito de sus competencias.

Resaltó que el organismo deberá planificar, dirigir, ejecutar y evaluar la investigación agropecuaria, de acuerdo con los lineamientos del organismo rector de la educación superior, ciencia, tecnología e innovación prestando especial atención al desarrollo de tecnologías apropiadas, a la aplicación de los avances de biotecnología y al manejo adecuado de los recursos naturales del sector agropecuario.

Agregó que también deberá producir y comercializar semillas básicas y registradas, pie de cría, material vegetativo. El INIAP podrá producir semilla de la clase certificada bajo las condiciones que autorice el ministro previo informe de las dependencias especializadas correspondientes. Además, desarrollará conservará y mejorará las semillas nativas, contribuyendo a su difusión y adopción.

El directorio estará integrado por la ministra o el ministro del organismo rector de la política agraria o su delegado quien lo presidirá y tendrá voto dirimente; el Secretario de Educación Superior, Ciencia y Tecnología; el Ministro Coordinador de la Producción o el representante de la entidad que hiciere sus veces, a través de su delegado.

Las decisiones del Directorio se tomarán por mayoría de sus miembros y las sesiones serán convocadas por su presidente y se podrán realizar en cualquier lugar del territorio nacional, por lo menos, una vez cada tres meses, señaló.

Derogatoria de la Ley del sector cafetalero

Mauricio Proaño expresó que el objeto esencial de la Ley Especial del Sector Cafetalero fue la creación del COFENAC, con facultades para dirigir la política pública nacional en materia del café, lo que constitucionalmente corresponde ejercer al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, de conformidad con el artículo 154 de la Constitución que dice: “A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión”        

Consecuentemente, dijo, si se elimina el COFENAC, debe derogarse la Ley Especial del Sector Cafetalero.

RSA/pv

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