Legislatura aprobó reformas a la Ley de Educación Intercultural

Martes, 30 de junio del 2015 - 15:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Legislatura aprobó reformas a la Ley de Educación Intercultural

Luego de la participación de 24 legisladores durante el segundo debate, el Pleno de la Asamblea Nacional, con 89 votos, aprobó las reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural. Entre otros aspectos modifica la inclusión de profesionales en la carrera de la educación; la profesionalización y recategorización del docente, el traslado administrativo; y, la flexibilización de horas laborales.

Según la propuesta, la jornada laboral, de los docentes de la carrera educativa pública, será de 40 horas reloj: seis se cumplirán de lunes a viernes en las instituciones educativas y las restantes fuera de ellas. En ese tiempo los maestros deben dedicarse a la actualización, capacitación pedagógica, coordinación con los padres, actividades de recuperación pedagógica, trabajo en la comunidad, planificación, revisión de tareas, coordinación de área, de acuerdo a los criterios que la Autoridad Educativa Nacional determine en el Reglamento correspondiente.

En cuanto a la profesionalización y recategorización de los docentes, la normativa determina que los profesionales cuyo título superior no corresponda a Ciencias de la Educación tendrán tres años para la obtención de título de cuarto nivel en esa área. Mientras que los profesores con título de técnico o tecnólogo estarán obligados a aprobar programas de capacitación en pedagogía, didáctica y profesionalización docente de forma permanente para garantizar la calidad de enseñanza.

De la misma manera, los bachilleres que se encuentran en la carrera docente pública deberán obtener título de tercer nivel o del técnico o tecnológico en Ciencias de la Educación hasta el 31 de diciembre del 2020. Esta iniciativa fomenta la profesionalización de los docentes del Sistema Educativo y, al mismo tiempo, serán ubicados en la categoría inmediata superior, mejorando así los sueldos, explicó la asambleísta proponente Miryam González.

Sobre los traslados administrativos, se determina que solo en casos excepcionales, un docente puede ser reubicado por necesidades del sistema dentro del mismo distrito, entre distritos o entre zonas, para cubrir la demanda de docentes en el Sistema Educativo Público Nacional, respetando sus derechos laborales y, de ser el caso, de afectación a su lugar de domicilio con la debida compensación económica.

La normativa toma en cuenta que por regla general cuando exista exceso o déficit de docentes, dentro de su respectiva circunscripción territorial, y previo análisis y justificación técnica del área de planificación correspondiente, podrá disponer la reubicación de una partida, siempre que no implique cambio de residencia. Solo de forma excepcional se podrá disponer la reubicación de una partida y el consecuente traslado que implique cambio de residencia con las siguientes limitaciones: hasta por dos años; dentro de una misma zona y por una sola vez en la carrera docente; en los cinco primeros años de ejercicio de la carrera; y, se debe establecer una bonificación que será fijada por la autoridad competente.

En torno a la provisión de alimentos para el sector escolarizado se establece que deberá ser el organismo público creado para el efecto, el que tendrá bajo su competencia la adquisición de los alimentos e insumos complementarios, así como de los servicios necesarios para garantizar la entrega oportuna de los mismos de conformidad a la Ley y el Reglamento.

Por otra parte, el cuerpo legal establece que los Docentes Consejeros Estudiantiles deberán brindar apoyo psicológico, lo cual permitirá un adecuado seguimiento en torno a la prevención y tratamiento de situaciones que pueden presentarse en caso de violencia entre estudiantes o miembros de la comunidad educativa; además, prevé que la Autoridad Educativa Nacional solo podrá autorizar a las instituciones educativas particulares el incremento en matrículas y pensiones, si en los justificativos de la respectiva solicitud, se contempla incremento salarial en su planta docente y otros factores que contribuyan al mejoramiento de la calidad de la educación definidos por la Autoridad Educativa Nacional.

Las modificaciones se orientan a las resoluciones que tienen que emitir las Juntas Distritales en la resolución de conflictos, la facultad del director del Instituto Nacional de Evaluación Educativa a ser nombrado por un período adicional; así como la incorporación de Docentes Consejeros Estudiantiles para brindar apoyo psicológico.

La proponente del proyecto, Miryam González, dijo que estas iniciativas buscan mejorar algunos procesos, relacionados con la calidad de educación y la calidad de vida de los maestros. El insumo fundamental que los llevó a plantear esos cambios fueron las visitas en territorio, mediante nueve talleres zonales, a nivel nacional, reuniones con gremios de maestros, criterios de los legisladores y del Ejecutivo. Después de estos procesos los asambleístas de la Comisión concluyeron que se deberían reformar nueve artículos, tres disposiciones transitorias y dos disposiciones generales.

JLVN/LM


 

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