Discursos, actuaciones y videos en el Pleno deben ser sustentados y argumentados

Jueves, 23 de julio del 2015 - 13:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Discursos, actuaciones y videos en el Pleno deben ser sustentados y argumentados

El Pleno de la Asamblea Nacional, con 84 votos afirmativos, aprobó una resolución, según la cual los legisladores deberán observar de manera estricta las disposiciones constitucionales y legales que garantizan el derecho al honor y buen nombre de las personas, para lo cual tendrán la obligación de buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, en la presentación de sus discursos y actuaciones ante el Pleno de la Asamblea Nacional.

En este sentido, los asambleístas que incurran en la inobservancia de la Constitución y la ley, serán responsables de sus actos y se someterán, al trámite propio de cada procedimiento, dejando a salvo el derecho de terceras personas que se vieren afectadas por sus expresiones.

María José Carrión, quien presentó la propuesta, destacó el deber del Estado de proteger la imagen y la honra de las personas. Señaló que hay que tener responsabilidad ante las expresiones públicas, verbales, información que se difunde, la que debe estar apegada a los preceptos constitucionales, porque en las últimas intervenciones en el Pleno se ha expuesto videos descontextualizados y alejados de la verdad.

Se refirió al Art. 18 de la Constitución, que establece que “todas las personas en forma individual o colectiva tienen el derecho de buscar,  recibir, intercambiar, producir y difundir información veraz, verificada, oportuna, contextualizada, plural, sin censura previa acerca de los hechos, acontecimientos y procesos de interés general y con responsabilidad ulterior”.

Pidió discutir profundamente el significado del artículo en referencia porque no se puede  descontextualizar términos, ni utilizar información tergiversada. Proyectó video por el cual explicó las contradicciones y la descontextualización de información hecha pública en el Pleno.

Agregó que hace algunos días, se expusieron en el Pleno, videos, de los que dijo, aparentemente hablaban de una verdad expuesta por varios legisladores y que lamentablemente no están apegados a la realidad e incluso muchos de ellos fueron rectificados por pedido  de las personas afectadas.

“Apuntamos profundamente a un país de paz y a la necesidad de construir y garantizar un diálogo profundo, permeado por derechos constitucionales”, aseveró la legisladora.

En el documento, se hace alusión que si bien el artículo 111 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa establece que los asambleístas no serán civil ni penalmente responsables por las opiniones que emitan, ni por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, dentro y fuera de la Asamblea, no les exime de la responsabilidad administrativa que conllevan sus actos.

Asimismo que se establece como faltas administrativas de las y los asambleístas en el ejercicio de sus funciones quienes incurran en provocar incidentes violentos en las sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional y de las comisiones especializadas… maltratar de palabra o de obra a los asambleístas o funcionarios de la Asamblea Nacional; y… expresarse con términos ofensivos, discriminatorios o que inciten al odio en las sesiones del Pleno y de las comisiones especializadas.

Además se considera que la mentira comprobada, el engaño y la descontextualización de las expresiones de una persona son considerados actos que atentan contra su buen nombre, honra, imagen y reputación y se obliga al Estado a proteger la imagen de las personas.                                                                                                   

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