Marisol Peñafiel propone corregir procesos en la contratación de obras y servicios

Jueves, 23 de julio del 2015 - 16:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Marisol Peñafiel propone corregir procesos en la contratación de obras y servicios

La asambleísta Marisol Peñafiel presentó el proyecto de reforma a la Ley del Sistema Nacional de Contratación. Según el texto, el objetivo es corregir instancias, organismos o instituciones en los ámbitos de planificación, programación, presupuesto, control, administración y ejecución de las adquisiciones.

La asambleísta sugiere algunas precisiones en el proyecto de ley. En el artículo 6 plantea agregar un inciso referente a la definición de los contratos de obras, servicios y mixtos. Sobre el primero dice que son aquellos que tienen por objeto la realización de una obra civil, resultado de un conjunto de trabajos de construcción o de ingeniería civil. Incluye la reparación, refacción, remodelación, adecuación o mejora de dicha infraestructura.

En cuanto a los contratos de servicios se refiere a la prestación general de éstos donde prima el esfuerzo físico frente al intelecto, tales como seguridad, vigilancia, limpieza, hospedaje, transporte, entre otros. El último, relacionado con los contratos mixtos, indica que es la ejecución de ciertos proyectos, que por su naturaleza sean indivisibles, que incluye la adquisición de bienes, prestación de servicios, excepto los de consultoría.

También precisa sobre las situaciones de urgencia y determina que son aquellas generadas por acontecimientos imprevistos, donde surja la necesidad imperante e inaplazable de contratar una obra, bien o servicio, incluidos los de consultoría, cuya adjudicación sea preciso acelerar por razones de interés público.

El proyecto reforma, así mismo, el artículo 23 de la ley vigente, sobre el tema de estudios. Precisa que antes de iniciar un proceso precontractual, de acuerdo con la naturaleza de la contratación, la entidad deberá contar con los estudios y diseños completos, definitivos y actualizados; planos y cálculos; especificaciones técnicas o términos de referencia, debidamente aprobados por las instancias correspondientes.

Sobre este mismo tema, el proyecto aclara que en toda contratación los estudios incluirán la determinación y justificación del presupuesto referencial, con el fin de establecer la aplicación de la ley y seleccionar el procedimiento precontractual

Otro de los artículos que el texto pretende cambiar es el 102. En este apartado se norma sobre las reclamaciones y propone que quienes tengan interés directo, que se consideren afectados por las actuaciones realizadas por entidades contratantes, podrán presentar su reclamo motivado ante el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop).

Esta entidad en caso de considerar la existencia de indicios de incumplimiento de las normas notificará del particular a la máxima autoridad de la entidad contratante, quien, después de un proceso, podrá implementar las rectificaciones o continuar el proceso. También el Sercop podrá sugerir medidas necesarias para rectificar el proceso y, de ser el caso, la suspensión definitiva del procedimiento precontractual y notificará a los órganos de control competente.

LM/pv

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