“Declaración patrimonial debe ser hasta concluir labor como servidor público”

Miércoles, 07 de octubre del 2015 - 13:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
“Declaración patrimonial debe ser hasta concluir labor como servidor público”

La Comisión de Participación Ciudadana y Control Social, presidida por el asambleísta Fabián Solano, continúa la socialización del proyecto de Ley para la Presentación y Control de las Declaraciones Patrimoniales Juradas. Con la presencia de los representantes de la Contraloría, recibió las observaciones del presidente de la Federación Nacional de Notarios y de la representante del Ministerio de Relaciones Laborales.

Ana Gabriela Andrade, Coordinadora General Jurídica del Ministerio de Relaciones Laborales, planteó reformar el Reglamento de la Ley Orgánica Servicio Público sobre el cumplimiento de requisitos para el ingreso de la Declaración Juramentada. Sostuvo que la declaración juramentada debe ser hasta concluir su labor como servidor público y no por dos años como consta actualmente.

Argumentó que el Art. 231 de la Constitución establece que los servidores públicos sin excepción presentarán al iniciar y finalizar su gestión y con la periodicidad que determina la ley una declaración patrimonial jurada, que incluirá activos y pasivos, mientras que la LOSEP se refiere de la declaración jurada al inicio de la gestión, pero no de presentarla en el transcurso y al final de su gestión.

Sobre el tema del ingreso de los servidores al servicio público, sugirió que en el formulario de la Contraloría General del Estado, se incorporen los requisitos que se determinan en el Reglamento de la LOSEP sobre: en caso de encontrarse en mora de obligaciones con el sector público legalmente exigible se deberá detallar la deuda con el convenio de pago suscrito entre la persona que aspira a ocupar un puesto en el sector público y la institución en la cual mantiene la obligación y señalar el domicilio y la residencia.

Explicó que la LOSEP, en el artículo 5, se menciona como requisitos para presentar la declaración patrimonial jurada, en la que se incluirá autorización para levantar sigilo a sus cuentas bancarias; no adeudar más de dos pensiones alimenticias; no encontrase incurso en nepotismo en inhabilidades y prohibiciones previstas en la Constitución y en el ordenamiento jurídico vigente, mismos que constan en el formulario de la Contraloría General del Estado, pero no las de su reglamento.

Declaración debe ser ante notario

Por su parte el Presidente de la Federación Nacional de Notarios, Jorge Machado Cevallos, cree que es necesario realizar la declaración patrimonial ante el notario y no a través de línea, argumentando que una omisión en la veracidad de la declaración ya sea al ingreso o al salir de la institución, incurre en una figura delictiva que es el falso testimonio o la declaración falsa hecha por una persona.

Sostuvo que esto se justifica cuando la configuración del delito ha sido cumplido ante una autoridad, sea judicial o administrativa que tenga la potestad de receptar declaraciones, lo que impide que una persona a sabiendas pueda falsear a la verdad al encontrarse ante la autoridad le genera la obligación de ser explícito de responder por esa verdad.

La sesión contó con la presencia de la Directora de Asuntos Éticos, Cecilia Mantilla Acosta y de Marcelo Mancheno, asesor jurídico de la Contraloría. Este último aclaró que el proyecto no tiene otra intensión que actualizar y facilitar el control que ya realiza la Contraloría en el tema de las declaraciones patrimoniales juradas. Si bien tiene ciertas innovaciones éstas van orientadas a mejorar el control y no a abarcar nuevas competencias o atribuciones, aseguró.

Informó que a partir de la vigencia del artículo 231 de la Constitución, para la Contraloría se volvió un poco complicado manejar y procesar toda la información que deviene de las declaraciones patrimoniales juradas desde el año 2008 que sin excepción todos los servidores públicos deben presentar y actualmente en algunos casos, los que están expresamente determinados deben hacerlo cada dos años.

RSA/pv

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