Hidroeléctricas pueden incluirse en los proyectos de asociación público-privado

Martes, 27 de octubre del 2015 - 12:11 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La inclusión del sector hidroeléctrico como materia de proyectos que pueden ejecutarse bajo la modalidad de asociación público-privado es uno de los cambios que se incluyeron en el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera. Así lo explicó Lídice Larrea Viteri, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, durante la ponencia de este documento, antes del inicio del debate en el Pleno.

Dijo que el proyecto es perfectible, siempre y cuando no cambie el espíritu del mismo que es crear las condiciones necesarias para atraer la inversión privada. Para este informe hemos recogido los insumos de las y los asambleístas, así como de los sectores público y privado. Seguiremos tomando más observaciones para mejorarlo, añadió.

Según la asambleísta, el documento para segundo debate se estructuró de mejor manera para que su nueva organización posibilite identificar plenamente cada uno de los diferentes ámbitos que aborda esta iniciativa. También se han realizado precisiones respecto de los bienes, obras y servicios que pueden ser considerados como parte de los proyectos públicos que sean materia de asociaciones. Entre ellos se plantea que serán aquellos que tengan que ver con infraestructura portuaria y aeroportuaria, desarrollo urbano, proyectos inmobiliarios, vialidad, así como eléctricos.

En cuanto a las entidades delegantes, Lídice Larrea manifestó que se especificó su rol y que estas instituciones pueden ser del Gobierno Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (Gad). Explicó que también se realizan varias puntualizaciones en torno a la Conformación del Comité Interinstitucional de Asociaciones Público-Privadas. Sobre este último tema se crea una Secretaría Técnica. El Comité elaborará un Reglamento para definir sus funciones y atribuciones.

Po otra parte, se norma los mecanismos de solución de controversias, el otorgamiento de incentivos, la estabilidad jurídica y el financiamiento. En cuanto al primer tema el proyecto establece que en el caso de que las partes se sometan a arbitraje internacional por controversias, éste se realizará ante una instancia arbitral regional latinoamericana.

De igual manera, aseveró que se mejora la redacción sobre la simplificación de trámites administrativos por parte del Presidente de la República y los Gad para que puedan simplificarlos, sustituirlos o eliminarlos mediante un Decreto Ejecutivo u Ordenanza. Pero, en el caso de los gobiernos autónomos, será el órgano colegiado el que tenga la competencia de simplificarlos. Sobre estos trámites se exceptúan licencias ambientales, aclaró.

Entre los cambios, también se crea un capítulo específico para la remisión de intereses, multas y recargos de las obligaciones patronales en mora al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). Indicó que, sin embargo, el proyecto especifica que no cuentan dentro de estos beneficios las moras correspondientes a fondos de reserva, préstamos quirografarios, préstamos prendarios e hipotecarios.

En cuanto a este mismo tema, el proyecto reforma la Ley Orgánica de Remisión de Intereses, Multas y Recargos, que se publicó el 5 de mayo de este año, para que el Banco Nacional de Fomento pueda aplicar el perdón de estos rubros hasta el 31 de diciembre del 2015.  Así mismo, se reforman otras normas legales como las Leyes Orgánica de Salud, de Minas, Orgánica de la Contraloría General del Estado, Orgánica de Empresas Públicas, entre otras.

LM/pv

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