Migrantes residentes en España dan sus observaciones al proyecto de Movilidad Humana

Lunes, 14 de diciembre del 2015 - 20:22 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Migrantes residentes en España dan sus observaciones al proyecto de Movilidad Humana

A fin de recabar información y criterios de los migrantes residentes en España, la Comisión de Relaciones Internacionales, mediante videoconferencia, escuchó a Santiago López, presidente de la Agrupación Social Unidos por el Buen Vivir, quien resaltó la importancia de contar con un cuerpo normativo que proteja a las personas en condición de movilidad humana y solicitó a los comisionados que el reconocimiento de migrante sea considerado a partir de los ocho meses de estar radicado en algún país donde ha fijado su domicilio, por tanto, otorgarle asistencia legal e integral.

El presidente de la comisión, Fernando Bustamante, recordó que si a través del proyecto se establece un derecho a las personas en movilidad humana para otorgarle asistencia legal e integral, también hay que pensar que no podríamos negarles ese derecho a las personas que no están en movilidad humana. Si se lo hace tiene que ser en condiciones específicas de vulnerabilidad.

El asambleísta Eduardo Zambrano explicó que la Constitución, en el artículo 40, reconoce a las personas el derecho a migrar y no se considerará a ningún ser humano ilegal por su condición migratoria, por tanto, el Estado ofrecerá asistencia a ellas y sus familias ya sea que éstas residan en el exterior o en el país. La propuesta que tramita la comisión, en los artículos 4, 48 y 49, especifica la atención y protección, asistencia por privación de libertad, por movilidad restringida, pero eso no implica que en contravenciones de menor índole, como por ejemplo pasarse el semáforo en rojo, el Estado tenga que asumir una defensa, ya que implicaría un costo muy elevado.

En cambio la legisladora Dora Aguirre precisó que en el artículo 44 del proyecto de ley se reconoce como emigrante a toda persona ecuatoriana cuando ha establecido su domicilio en el exterior; cuando ha permanecido en el exterior por  un plazo mayor a 3 años, cuando se desplace anualmente por más de 8 meses desde el Ecuador al país donde ha fijado su domicilio; y, cuando ostente la calidad de trabajador migratorio como se encuentra definido  en los instrumentos internacionales suscritos por el Ecuador. Además, en el artículo 160, numeral 6, se determina que se brindará asistencia oportuna, inmediata y efectiva a las personas ecuatorianas privadas de libertad en el exterior, cualquiera sea el motivo de su detención y el lugar donde se encuentre.

Los comisionados también escucharon a José Miguel Díaz, presidente de la Asociación de Españoles Residentes en Esmeraldas, quien al indicar que esta organización la conforman 541 socios, pidió incluir un agregado al artículo 7 del proyecto, a fin de dar apoyo técnico a las asociaciones ecuatorianas residentes en el exterior y a los retornados constituidos en asociaciones para que faciliten la información, orientación y asesoramiento necesaria para los que decidan retornar.

Sugirió que en los artículos 68 y 71 del proyecto se establezca la atención prioritaria a los retornados y sus familias, independientemente de su condición sea voluntario, forzado, humanitario o solidario para potenciar posibilidades laborales. Simplificar los trámites para la homologación de los títulos académicos y de formación profesional, así como las licencias de conducir de los ecuatorianos que viven en el exterior, es otra de las demandas.

El asambleísta Eduardo Zambrano, al referirse a la homologación de las licencias de conducir indicó que en la Ley de Tránsito y Seguridad Vial se contempla este particular.

JLVN/pv

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