Continúa análisis de las reformas a la Ley de la Función Legislativa

Martes, 20 de septiembre del 2016 - 16:52 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Esta tarde, la Comisión de Participación Ciudadana y Control Social de la Asamblea Nacional retomó el análisis de las observaciones al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, para trabajar en el informe para segundo debate. Temas como las vacaciones y licencias con y sin remuneración, las declaratorias de interés nacional y el procedimiento para realizar el seguimiento, o el lapso para la tramitación de leyes consideradas como urgentes en materia económica, se pusieron sobre la mesa de análisis.

En lo que tiene que ver con las declaraciones de interés nacional, se propuso que se presenten informes a través de las comisiones especializadas tanto al Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, como al Primer Mandatario, para que tenga conocimiento de los procesos y avances, por lo menos durante un año. Además, el Consejo de Administración Legislativa se encargará de establecer el procedimiento de seguimiento de las declaratorias de interés nacional y los lineamientos de evaluación.

Informes

Una de las propuestas en cuanto a la tramitación de leyes de urgencia económica llegó del asambleísta Virgilio Hernández, quien en su argumentación  explicó que es necesario modificar las disposiciones legales que rigen el primer y segundo debate. Se refirió a la disminución del tiempo de presentación de los informes a tres días. Sin embargo, los asambleístas de la comisión decidieron no acoger esa propuesta, porque consideraron que proyectos de este tipo son extremadamente delicados y hay que analizarlos con más detenimiento.

También se analizó la posibilidad de establecer como obligación de las comisiones especializadas la convocatoria a los asambleístas proponentes de los proyectos de ley que se discutan en su seno, toda vez que resulta indispensable contar con su participación activa y la correspondiente exposición de la motivación y naturaleza del proyecto de ley propuesto. Sin embargo, se decidió que es necesario que el proponente acuda a la comisión, no como una obligación, sino como una potestad de la comisión.

 

MC/pv

 

 

 

 

 

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