Silencio administrativo y defensa de funcionarios se analizó en Código Administrativo

Jueves, 08 de diciembre del 2016 - 14:34 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia prosigue en la construcción del informe para segundo debate del proyecto de Código Orgánico Administrativo. Representantes del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo y de la Federación de Servidores Públicos hablaron de definir los parámetros del silencio administrativo y las oportunidades de defensa de un funcionario estatal, respectivamente.

Era absolutamente necesario que se legisle, que se norme la parte administrativa y sancionatoria, más aún cuando la norma pertinente ha estado muy dispersa, lo que generó abusos. En consecuencia, nosotros saludamos, de inicio, este esfuerzo que hacen los parlamentarios, al interior de la Comisión de Justicia, dijo el presidente de la Federación de Servidores Públicos del Ecuador, Miguel García Falconí.

Sugirió que en razón de la trascendencia del tema, la Asamblea Nacional difunda con mayor énfasis el contenido, alcances y beneficios de la propuesta legal, a fin de que los diferentes sectores contribuyan con aportes y observaciones para mejorar el funcionamiento del código y básicamente el aparato estatal en lo que se refiere a los servidores públicos.

Dijo que desde 2011 han salido del sector público más de 30 mil personas bajo el mecanismo de compra de renuncia obligatoria, ante lo cual se han presentado más de tres mil demandas en el Tribunal Contencioso Administrativo y ninguna de ellas ha progresado. Por tanto, urge clarificar la aplicación de la figura del reclamo administrativo en el ámbito judicial para una efectiva defensa de los derechos de los servidores públicos, agregó.

Puntualizo que hay que garantizar los derechos de los administrados (ciudadanos, usuarios), pero también igualdad de oportunidades en cuanto a derechos y obligaciones de los funcionarios públicos, tras enfatizar que es clave argumentar en el código el significado real de atención debida al público, que es una causal para destitución de un funcionario, lo que se presta para abusos por parte del patrono.

Mientras que el doctor Patricio Secaira, juez del Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo, expresó que lo natural, lo obvio, lo que la ciudadanía siempre espera de la administración es que se pronuncie, que expida decisiones de modo regular, cuyos mecanismos tienen efectos jurídicos.

Hasta hace poco tiempo se creía que una petición, reclamo y solicitud que no era contestada dentro del término de 15 días quedaba aceptada a favor del peticionario, por un silencio administrativo. Los jueces de lo contencioso administrativo han estado allí para determinar el efecto positivo de dicho silencio y evitar una arbitrariedad de la administración pública, al igual que se concrete una arbitrariedad en contra del Estado, sostuvo.

MG/pv

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