Proyecto de Ley rescata lenguas ancestrales

Martes, 18 de abril del 2017 - 16:21 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
 Comisión de Derechos Colectivos, Comunitarios y la Interculturalidad. Foto Archivo

Reconocer, garantizar y transversalizar los derechos lingüísticos individuales y colectivos de los pueblos y nacionalidades con tradición lingüística propia, es el objetivo del Proyecto de Ley que lleva su nombre. Es el Estado el que garantizará la protección, conocimiento, uso, rescate y vitalidad de las lenguas ancestrales. La normativa la trata la Comisión de Derechos Colectivos, Comunitarios y la Interculturalidad, presidida por Guadalupe Salazar, desde enero de 2016.

La iniciativa recoge principios como la interculturalidad, participación, igualdad, progresividad, inclusión, no discriminación y pro homine (autoridades administrativas o judiciales acuden a la norma más amplia o interpretación más extensiva).

En su artículo nueve, los hablantes de lenguas ancestrales, que por cualquier motivo tengan que comparecer ante los órganos de la Función Judicial, tendrán derecho a utilizar su propia lengua de forma oral y escrita. Las autoridades responsables proveerán de intérpretes o traductores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Para la gestación del informe, la mesa parlamentaria recibió los aportes de algunas carteras de Estado para nutrir el Proyecto de Ley, como la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, Ministerio de Justicia, Ministerio de Educación e Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales. Además, participó la institución privada Lichwa Ñuka Shunkupi.

El tema en torno a los derechos lingüísticos que converge con la legitimidad de la diversidad cultural, es un debate de alcance mundial y no es ajeno para el Ecuador. De hecho guarda sincronía con los diálogos sobre el reconocimiento de la interculturalidad y plurinacionalidad. Ecuador cuenta con un gran número de hablantes de lenguas ancestrales. Así, se torna urgente viabilizar las demandas de los pueblos, mayoritariamente indígenas, que buscan la revitalización de sus lenguas, pues gozan con el derecho de expresión.

El artículo 2 de la Constitución de Montecristi reconoce al castellano como idioma oficial, mientras que el mismo castellano, kichwa y shuar son idiomas oficiales en relación intercultural. Los demás idiomas ancestrales son de uso oficial para los pueblos indígenas ,en las zonas donde habitan. Es responsabilidad del Estado su conservación y uso, con un enfoque de unidad en la diversidad.

Garantiza a los pueblos y nacionalidades indígenas para potenciar el sistema de educación intercultural bilingüe, desde la edad temprana hasta el nivel superior.

Dato

Las lenguas originarias son habladas, originariamente en un territorio, antes de que fuese invadido o colonizado, quedando bajo la hegemonía de una lengua y cultura extranjera.

PAU/pv

 

 

 

 

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