Comisión aprobó informe para segundo debate de proyecto que legaliza tierras

Miércoles, 19 de abril del 2017 - 15:53 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El informe para segundo debate del Proyecto que legaliza tierras en Guayas está listo para analizarlo en el Pleno. La Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó el texto, en el que concluye que, a través de la iniciativa legal se garantiza el derecho al hábitat y vivienda digna y adecuada de los moradores que se encuentran en los asentamientos de hecho.

El Proyecto de Reformas a la Ley de Legalización de la Tenencia de Tierras a favor de los Moradores y Posesionarios de Predios que se encuentran dentro de la Circunscripción Territorial de los Cantones Guayaquil, Samborondón y El Triunfo, fue enviado por el Ejecutivo el 5 de marzo de este año. Contiene cuatro artículos, mediante los cuales se busca eliminar al 28 de diciembre de 2010, como la fecha máxima en que un predio debía estar posesionado y construido para poder ser formalizado, además simplifica trámites.

En el informe, la Comisión argumenta que desde las últimas reformas se duplicó el número de construcciones informales en estos sectores, por lo que creen que incluir una restricción temporal, no es un mecanismo efectivo para suprimir los asentamientos irregulares. Indica que en la actualidad existen más de 15.000 familias que no cumplirían con los requisitos para la regularización, lo que afectaría su derecho a una vivienda digna y adecuada.

Por otra parte, aclara que en el Proyecto se establecen mecanismos más efectivos para evitar el aparecimiento de nuevos asentamientos informales en esas zonas, porque permite que el Estado pueda disponer de los lotes vacíos para la construcción de vivienda de interés social, obras para dotar de servicios o la venta de esos predios para otras actividades.

Según el Proyecto, son beneficiarias las personas que justifiquen la tenencia y construcción, pero que no supere la extensión máxima del lote, según las ordenanzas, acuerdo ministerial o reglamento de la ley. Tampoco podrán tener otro bien en el mismo cantón. Con la norma vigente, era el ciudadano quien demostraba ese requisito, pero con la reforma se plantea que sea el Registrador de la Propiedad el que lo verifique. La entrega o venta directa será, no solo para fines habitacionales, sino también para todo tipo de uso lícito.

La mesa señala que se debe tener presente que una ciudad se caracteriza por tener una mezcla de usos compatibles que garanticen una calidad de vida digna a sus habitantes. Si bien el uso principal de los predios señalados en la ley es residencial, para su correcto funcionamiento requiere que se permitan otras actividades, caso contrario, la población se vería obligada a desplazarse varios kilómetros para acceder a bienes y servicios.

No obstante, la Comisión aclara que la adjudicación no se podría extender a personas jurídicas, pero, con la actual reforma, pueden adquirir predios vacíos a un precio mayor al que corresponde a la regularización de vivienda. En los otros casos, para determinar el valor, se deberá considerar la capacidad de pago y condición socioeconómica de los posesionarios, así como los usos a los que se destina el inmueble.

El Ministerio de Vivienda podrá vender, adjudicar o traspasar predios a instituciones públicas encargadas de la promoción de proyectos nuevos destinados a vivienda de interés social, equipamiento y comercio. Sin embargo, no se podrá adjudicar lotes en zonas de riesgo o afectados por encontrarse en áreas reservadas para equipamiento comunitario, de índole social, recreativo-ambiental, de servidumbre de esteros, entre otros.

LILA/pv

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