Aprobado informe para segundo debate de proyecto que reforma leyes de sector público

Miércoles, 19 de abril del 2017 - 18:43 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, aprobó el informe para segundo debate del Proyecto de Reformas a las Leyes que Rigen el Sector Público, en cumplimiento a las enmiendas constitucionales en materia laboral. El documento será remitido en las próximas horas a la Presidencia de la Asamblea.

El Proyecto tiene como propósito precautelar el derecho a la organización y a la huelga de los servidores públicos. “Con esta enmienda lo que se hace es poner bajo una sola normativa legal a los servidores públicos, para que no exista la distinción entre obreros y servidores públicos, que deberán estar amparados por los mismos derechos, obligaciones, responsabilidades, cada uno en su área”, manifestó la Presidenta de la Mesa Legislativa, Marllely Vásconez.

Subrayó que para la aplicación del derecho a la organización se faculta la conformación de comités de las y los servidores públicos, a través de los cuales se podrá llegar a diálogos para mejorar la prestación de los servicios públicos, en materia de capacitación e inclusión de los grupos vulnerables, en las diferentes instituciones públicas.

La Legisladora, explicó que se establecen causales para ejercer el derecho a la huelga, como por ejemplo, cuando el empleador quiera volver a la tercerización o a la contratación por horas, cuando se realice el despido ineficaz en el caso de los dirigentes sindicales y mujeres embarazadas.

Agregó que también se fija el procedimiento para la declaratoria de huelga que inicia con la notificación a la correspondiente autoridad de la institución pública y que mediante acuerdo ministerial se regulará el número de personas que pueden declarase en huelga y cuántas deben estar laborando.

Explicó que la huelga se podrá realizar dentro de la institución, pero bajo ciertos procedimientos. Así, previamente intervendrá una comisión para verificar cómo están las instalaciones, porque no se puede agredir a las personas usuarias, ni a los huelguistas, o a quienes no se adhieren a la huelga y tampoco se pueden dañar los bienes del Estado.

La norma prohíbe la paralización de los servicios públicos, declarados en la Constitución, como la educación, salud y energía.

Marllely Vásconez aclaró que todos los derechos individuales y colectivos de los trabajadores que entraron al servicio público, antes de la vigencia de la enmienda constitucional, se mantienen, es decir, seguirán en vigencia los sindicatos, comités de empresa, contratos colectivos y se conservan sus derechos.

RSA/pv

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