Reforma legal asegura protección de los servidores públicos: Marllely Vásconez

Martes, 25 de abril del 2017 - 14:36 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Marllely Vásconez, segundo debate de proyecto de Ley de Reformas a las Leyes que rigen el sector público

La protección judicial y administrativa para los servidores públicos para garantizar sus derechos; la aplicación favorable al trabajador en caso de dudas de alguna norma, son dos de los objetivos del Proyecto de Reformas a las Leyes que Rigen el Sector Público, destacó la Presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, al sustentar la propuesta en el Pleno de la Asamblea Nacional.

Tras señalar que este Proyecto es el resultado de las enmiendas constitucionales, expresó que allí se garantizó el derecho a la organización de los  servidores públicos para cumplir tres objetivos fundamentales: la defensa de sus derechos, la mejora en la prestación de los servicios públicos y el ejercicio al derecho a la huelga.

Explicó que no tendrán derecho a la huelga los miembros en servicio activo de la Policía y Fuerzas Armadas, autoridades de elección popular, autoridades nominadoras, servidores públicos con nombramiento a período fijo o por mandato legal, servidores públicos de libre nombramiento y remoción, miembros de cuerpos colegiados y servidores públicos bajo contrato de servicios ocasionales.

Con respecto a la organización, manifestó que se formarán los Comités de los Servidores Públicos y utilizarán como instrumento el diálogo social. El proyecto establece las maneras de resolver los conflictos colectivos, la primera forma es la mediación obligatoria a la que se recurrirá en caso de incumplimiento del diálogo social.

Explicó que el derecho a la organización se ejercerá a través de los Comités de Servidores Públicos, que gozarán de independencia respecto de las autoridades públicas, se conformarán mínimo con la mitad más uno de los servidores de la misma institución. La directiva se elegirá mediante votación universal directa y secreta y estará integrada por servidores públicos de carrera de una misma institución y que sean afiliados al comité, que se hará con el aporte de hasta el 1% de la remuneración, que se destinará prioritariamente a capacitación y con el 100% de las multas a los servidores públicos. Los comités se constituirán ante el Ministerio de Trabajo y sus dirigentes estarán protegidos.

Derecho a la huelga

Informó que se reconoce el derecho a la huelga en las instituciones del Estado en donde no sea prohibida la paralización de servicios públicos. No se podrán paralizar, bajo ningún concepto, los servicios de salud, saneamiento ambiental, educación, justicia, bomberos, seguridad social, energía eléctrica, agua potable y alcantarillado, producción hidrocarburífera, procesamiento, transporte y distribución de combustibles, transportación pública, correos y telecomunicaciones.

Indicó que el sujeto legitimado para empezar la huelga, es el Comité de los Servidores Públicos, por decisión de la mayoría absoluta de sus miembros y que la huelga puede declararse cuando la institución incurra en intermediación o tercerización laboral; cuando se aplique la figura de contratación por horas; se pretenda la privatización de los servicios públicos; la autoridad empleadora incurra en desacato en casos de cesación ineficaz declarada conforme a la Ley, cuando el respectivo conflicto colectivo no se solucione en la etapa de mediación obligatoria y por falta de pago de la remuneración mensual unificada, por más de tres meses consecutivos.

Manifestó que se podrá paralizar parcialmente el servicio y será el Ministerio de Trabajo el que establezca el porcentaje de servidores que deberán estar trabajando mientras se mantenga el derecho a la huelga. En caso de inobservancia sobre la prestación de servicios mínimos, el Ministerio de Trabajo podrá ordenar inmediatamente el reinicio de las actividades de manera total.

El Proyecto reforma otras leyes como la de Educación Superior, Educación Intercultural; de la Defensa Nacional y Código de la Función Judicial.

RSA/pv

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