Se analiza incluir abuso por razón de sexo en la regulación del acoso laboral

Jueves, 08 de junio del 2017 - 18:30 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Se analiza incluir abuso por razón de sexo en la regulación del acoso laboral

Es necesario aprobar una regulación específica del acoso laboral, incluyendo el hostigamiento por razón de sexo, como una conducta discriminatoria, indicó la presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, Liliana Durán, en su ponencia ante el Pleno, dentro del primer debate del  proyecto de reformas a Ley de Servicio Público y al Código de Trabajo.

La legisladora explicó que tanto el acoso sexual, como el acoso por razón de sexo son formas de violencia contra las mujeres, especialmente, que constituyen manifestaciones virulentas de la discriminación por razón de género y se produce en todos los sectores.

Como acoso por razón de sexo debe entenderse a cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito atentar contra de su dignidad y crear un ambiente intimidatorio degradante u ofensivo. Por tanto, es necesario que las normas que regulan las relaciones de trabajo integren esta figura para prevenir, eliminar y reparar estas conductas.

Definió la violencia de género en el trabajo como una conducta abusiva, ejercida tanto por superiores jerárquicos como por iguales, sin el consentimiento de la persona que la sufre, de forma que crea un ambiente laboral intimidatorio, hostil, humillante para la víctima y pone en peligro su puesto de trabajo o condiciona su carrera profesional.

La violencia de género en el trabajo constituye una manifestación de la violencia sexista, que se ha venido concibiendo como un “precio” que deben pagar las mujeres que pretenden salir del rol asignado a integrarse en el mercado del trabajo para mantenerse en él, señaló Durán, al indicar que sin duda es una de las actuaciones discriminatorias por razón de género más virulenta y dañina para la sociedad, considerando los devastadores efectos que suele producir sobre la salud de sus víctimas.

En este sentido propuso ampliar el espíritu del proyecto con el fin de adicionar una expresa mención del acoso por razón de sexo en la regulación del acoso laboral que se plantea incluir en los artículos 172 y 173 del Código de Trabajo y 23 de la LOSEP.

También sugiere introducir una reforma al artículo 44 del Código de Trabajo con un literal en el que se prohíba al empleador el cometimiento o autorización de acción u omisión del acoso laboral de manera paralela y modificar el artículo 46 del Código de Trabajo que prohíba a la o el trabajador el acoso laboral, que es una realidad que sucede día a día en las empresas privadas y en las instituciones públicas y provoca situaciones de abuso, dolor y discriminación.

Frente a esta situación, sostuvo que la Asamblea no puede dejar pasar un día más, sin adoptar una solución para esta “lacra social”

RSA/pv

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