Universidades particulares se pronuncian sobre reformas a Ley de Educación Superior

Jueves, 28 de septiembre del 2017 - 12:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Educación realizó un nuevo taller de análisis de las reformas a la Ley de Educación Superior. Esta vez participaron representantes de las universidades particulares del país y centraron el debate en el mecanismo adecuado para conformar e integrar el Consejo Fundacional o de Regentes que contempla el proyecto de ley.

El presidente de la mesa legislativa, Augusto Espinosa, invitó a los participantes a buscar puntos de encuentro entre las propuestas. Adelantó que no apoyará que el Órgano Colegiado Académico Superior (Ocas) de las universidades sea el ente que designe a los miembros del Consejo Fundacional. Este, según el proyecto, sería el encargado de velar por el cumplimiento de la misión, además de facultar y aprobar los planes estratégicos institucionales. También calificaría las candidaturas para la elección de las máximas autoridades.

La Ley de Educación Superior en el capítulo del cogobierno dispone que las universidades y escuelas politécnicas tengan como autoridad máxima a un órgano colegiado académico superior integrado por autoridades, representantes de profesores, estudiantes y graduados.

Daniel Moya, delegado de la Universidad de las Américas, aclaró que el Ocas no está integrado únicamente por las autoridades académicas, sino también por la comunidad de profesores, estudiantes, graduados y trabajadores. “Las autoridades de la universidad no controlan la decisión de este organismo” puntualizó.

Por otra parte, el presidente de la Comisión, tras recordar que las propuestas que presentaron las universidades fueron recogidas en el texto que se debate, sostuvo que el punto neurálgico está en consensuar si el órgano fundacional podrá designar los rectores y calificar las candidaturas.

Michelle Londoño, procuradora de la Universidad Internacional del Ecuador, dijo que si al órgano se le concede la facultad de calificar las candidaturas y no la capacidad de designar, se garantiza el principio de democracia sobre la autonomía universitaria.

El legislador Augusto Espinosa reiteró que no se opone a que el consejo tenga la facultad de designar a los postulantes, siempre y cuando se garantice la participación de todos los sectores de la sociedad y la comunidad universitaria, y cuando los postulantes cumplan los objetivos sociales de la universidad y no las peticiones de grupos particulares.

En este sentido, Marcelo Fernández, de la Universidad Internacional del Ecuador, sugirió que los consejos fundacionales estén integrados por dos representantes de los profesores, un representante de los estudiantes, uno de los egresados, un funcionario de la parte administrativa y los miembros fundadores de la universidad o sus representantes. Consideró que de esta forma se asegura el cogobierno universitario.

El rector de la Universidad Espíritu Santo, Joaquín Hernández, mencionó que los integrantes de los consejos deben responder a las necesidades cualitativas y cuantitativas de cada instancia educativa y que cada universidad elija a los representantes en función de sus necesidades y requerimientos.

Augusto Espinosa comprometió a las autoridades a presentar y consensuar otras propuestas sobre la integración de los representantes del consejo.

EE/pv

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