CAL observa conducta de 3 asambleístas y archiva otros dos pedidos

Jueves, 11 de enero del 2018 - 10:08 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Consejo de Administración Legislativa. Foto - Archivo

Los asambleístas Augusto Espinosa, Mercedes Galarza y Cristina Reyes fueron suspendidos por 10 días del ejercicio de sus funciones, sanción impuesta este miércoles por el Consejo de Administración Legislativa (CAL).

El Art. 166 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) determina como posibles sanciones: 1. Amonestación escrita; 2. Multas de hasta el 20% de la remuneración mensual; o, 3. Suspensión temporal en el ejercicio del cargo, sin derecho a sueldo de hasta treinta días.

La norma establece que en la determinación de la sanción a ser impuesta, el CAL actuará con base a las quejas que reciba y, en caso que existan, a los archivos de audio y video que le sean remitidos por la Presidenta o Presidente de la Asamblea Nacional o de las comisiones especializadas permanentes y ocasionales.

Los pedidos

La asambleísta Dallyana Passailague presentó una queja en contra de Augusto Espinosa, por considerar que incurría en las faltas establecidas en el artículo 165 numerales 5 y 6 de la LOFL, debido a expresiones fuera de tono en el Pleno. Luego del ejercicio del derecho a la defensa, el CAL le impuso por unanimidad la sanción establecida en el artículo 166 numeral 3 de la LOFL, la misma aplicada a la asambleísta Reyes.

La asambleísta Doris Soliz presentó dos quejas. Una en contra del asambleísta Washington Paredes y otra en contra del asambleísta Fernando Callejas. Luego del ejercicio del derecho de defensa por parte de los asambleístas en mención, el CAL consideró que la actuación de los asambleístas no se encontraba dentro de las faltas establecidas en los numerales 5 y 6 del artículo 165 de la LOFL, por tanto, resolvió el archivo de los mismos.

Ante la moción presentada por el asambleísta Carlos Bergmann, en sesión del CAL del 3 de enero de 2017, se solicitó a la asambleísta Ana Galarza la documentación que sustente la afirmación hecha en un tuit publicado desde su cuenta personal, sobre arrogación de funciones del CAL. Luego  de conocer la respuesta a dicho requerimiento, el organismo legislativo le impuso la sanción establecida en el artículo 166 numeral 3 de la LOFL.

Finalmente, la asambleísta Norma Vallejo presentó una queja en contra de la legisladora Cristina Reyes, por considerar que incurría en las faltas establecidas en el artículo 165 numeral 5 de la LOFL, al expresarse de manera despectiva sobre el trabajo del CAL. Luego del ejercicio del derecho a la defensa, el CAL le impuso la sanción establecida en el artículo 166 de la numeral 3 LOFL, que corresponde a suspensión en el ejercicio del cargo por diez días y en consecuencia de su remuneración por el mismo tiempo. 

La sanción

Conforme versa en la LOFL en su artículo 165, de acuerdo a los numerales 5 y 6, las faltas en las que se incurrió son: maltratar de palabra o de obra a los asambleístas o funcionarios de la Asamblea Nacional y expresarse con términos ofensivos, discriminatorios o que inciten al odio en las sesiones del Pleno de la Asamblea Nacional y de las comisiones especializadas.

Apegado a lo que establece la LOFL, el CAL resolvió los pedidos de sanción tratados en sesión del miércoles 10 de enero.

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