Proyecto que establece la carrera profesional y régimen administrativo del personal de los Cuerpos de Bomberos pasó el primer debate

Miércoles, 08 de mayo del 2024 - 19:50 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proyecto que establece la carrera profesional y régimen administrativo del personal de los Cuerpos de Bomberos pasó el primer debate

La estructura institucional, el trabajo articulado, la designación de jefes bomberiles, la condición de los bomberos voluntarios, entre otros, fueron los temas abordados en el primer debate del proyecto de Ley de Defensa contra Incendios, que tiene por objeto regular la organización, competencia, carrera profesional y régimen administrativo-disciplinario del personal de los Cuerpos de Bomberos, sobre la base del informe remitido por la Comisión de Gobiernos Autónomos.

La legisladora ponente del informe, Gabriela Molina explicó que la regulación sobre los Cuerpos de Bomberos consta en dos normativas, en la antigua Ley de Defensa contra Incendios y en el Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, siendo necesario actualizar su contenido en una ley específica.

Al recordar los principales temas del cuerpo legal subrayó que se acepta el personal voluntario para la carrera bomberil. “Ninguna de las reformas constituye un retroceso para el personal, más bien fortalece su labor actual”, dijo.

En el debate, el asambleísta Marcelo Achi resaltó la valía e importancia de los Cuerpos de Bomberos en la protección de la vida y patrimonio del país, así como, en la protección, reconocimiento de los derechos laborales y trabajo en condiciones dignas y justas. Cristhian Vega, autor de la iniciativa, recordó la primera reunión con varios jefes de los Cuerpos de Bomberos del país y la presentación del proyecto que fortalece varios aspectos de la normativa actual, con la incorporación de nuevos elementos.

Fabiola Sanmartín sostuvo que la propuesta garantiza la autonomía, eficiencia y dota de herramientas normativas a los Cuerpos de Bomberos, fortaleciendo su accionar, como el trabajo articulado.

Por su parte, Pierina Correa enalteció el trabajo de todos los bomberos y reflexionó sobre la condición de los bomberos remunerados y no remunerados, con sujeción a la sentencia de la Corte Constitucional. “Los voluntarios no tienen la capacidad de expedir actos administrativos, siendo pertinente su aclaración para el segundo debate”, mencionó.

Luego de escuchar las intervenciones de los legisladores, la primera vicepresidenta Viviana Veloz, en la conducción de la sesión, cerró el primer debate del proyecto de ley y dispuso que retorne a la Comisión de Gobiernos Autónomos, a fin de que prepare el informe para segundo debate.

La propuesta legal tiene 61 artículos que son parte de 11 capítulos: Generalidades; Funciones, Principios y Definiciones; Organización Territorial y Directiva de los Cuerpos de Bomberos; Niveles de Gestión; Personal Bomberil; Evaluación, Capacitación, Formación y Especialización; Convocatoria, Selección, Promoción y Ascensos; Grados Bomberiles; Régimen Disciplinario; Fuentes de Ingreso; y, Prevención de Incendios. La Ley de Defensa contra Incendios derogará la publicada en el Registro Oficial 815, del 19 de abril de 1979.

AM/pv

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