En vigencia ley que reconoce a deportistas, artistas y científicos destacados

Jueves, 26 de febrero del 2015 - 08:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
En vigencia ley que reconoce a deportistas, artistas y científicos destacados

La Ley de Reconocimiento Público del Estado en las áreas Cultural, Científica y Deportiva está en plena vigencia una vez que se publicó en el Registro Oficial. La normativa incentiva el ejercicio de actividades culturales; fomenta el desarrollo de la investigación científica, la tecnología e innovación y promueve el deporte.

Se crea el Sistema Nacional de Reconocimientos, Condecoraciones y Premiaciones y regula el reconocimiento público que otorga el Estado a personas que por sus méritos y acciones trascendentes destaquen en las áreas de la cultura, la investigación científica o el deporte.

A las personas que se destaquen en estas áreas se les entregará un diploma de honor, una medalla conmemorativa. Este reconocimiento se otorgará por una sola ocasión y no es susceptible de acumulación.

El comité, atendiendo la disponibilidad presupuestaria de las entidades públicas del Sistema Nacional de Reconocimientos, Condecoraciones y Premiaciones, dictaminada por el ente rector de las finanzas públicas y a la realidad socioeconómica de la persona que obtuvo el reconocimiento público, establecerá la entrega de una pensión mensual equivalente a dos salarios básicos unificados del trabajador privado.

La persona que al momento de recibir el reconocimiento público no accedió a su componente económico podrá beneficiarse de éste en el futuro, pero también puede suspenderse la entrega por incumplir el compromiso; contar con una realidad socioeconómica que haga prescindible el componente económico; mantener sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos sancionados con penas privativas de la libertad mayores a cinco años.

Para que una persona tenga este reconocimiento se considerará la trayectoria del postulante, los años de ejercicio en la actividad que desempeña tanto dentro como fuera del territorio ecuatoriano; la contribución a la sociedad en los campos cultural, científico o deportivo; la probidad del postulante y no adeudar pensiones alimenticias.

El Comité estará integrado por el Presidente de la República o su delegado, quien lo presidirá; el Ministro de Cultura o su delegado; el Secretario Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología o su delegado; y, el Ministro de Deporte o su delegado; un miembro del Consejo de Participación Ciudadana; un representante de los Consejos Nacionales de Igualdad.

La propuesta determina también que los ecuatorianos por nacimiento o naturalización y los extranjeros domiciliados por más de 10 años en el Ecuador, que cumplan los requisitos establecidos por el Comité, podrán postularse o ser postulados por terceras personas para recibir el reconocimiento público en esta ley.

PV

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