Proponen normas para sancionar la violencia intrafamiliar

Viernes, 03 de octubre del 2014 - 08:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Proponen normas para sancionar la violencia intrafamiliar

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado analizará el proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal, presentado por el asambleísta Paco Fierro, que incorpora normas para sancionar la violencia en la familia.

El autor del proyecto advierte que la violencia intrafamiliar constituye una de las lacras sociales que ha influido en el estancamiento y subdesarrollo de los pueblos, en la postración de mujeres, niñas y adolescentes, en la desintegración del núcleo familiar, en la pérdida de la autoestima. Si bien la violencia física deja lacras imborrables, la violencia psicológica marca el destino de los seres humanos, llevándoles, incluso, al suicidio, sostuvo.

Afirmó que la trascendencia y repercusión que este tipo de infracciones genera en la sociedad ha determinado que las legislaciones del mundo adopten medidas y procedimientos ágiles y expeditos para frenar la violencia en contra de la mujer y la familia, a la vez que recordó que la Constitución determina que la Ley establecerá procedimientos especiales para el juzgamiento y sanción de los delitos de violencia intrafamiliar y que en ese sentido está orientado su proyecto.

Propone que los insultos, intimidación, amenaza mediante la utilización de apremio moral sobre la mujer u otro miembro de la familia, infundiendo miedo o temor de sufrir un mal grave o inminente en su contra o de sus ascendientes, descendientes o afines hasta el segundo grado sea sancionado con prisión de 7 a 30 días.

Plante, además, que a la persona que cause daño, dolor, perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la autoestima de la mujer o algún miembro del núcleo familiar se le sancione con pena privativa de la libertad de 30 a 60 días y si el daño psicológico afecta de manera moderada en cualquiera de las áreas de funcionamiento personal, laboral, escolar, familiar o social que cause perjuicio en el cumplimiento de sus actividades cotidianas y que por lo tanto requiere de tratamiento especializado en su salud mental, sea sancionado con pena privativa de la libertad de 90 a 150 días.

PV

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