Asamblea viabiliza el camino para la legalización de tierras a favor de moradores de los cantones de Guayaquil, Samborondón, El Triunfo y Huaquillas

Martes, 23 de noviembre del 2010 - 17:11 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional, por unanimidad de los presentes (104), aprobó en segundo debate el proyecto de ley que legaliza la tenencia de la tierra a miles de familias posesionarias de predios que se encuentran en la circunscripción de los cantones Guayaquil, Samborondón, El Triunfo y Huaquillas.

 

El debate se desarrolló sobre la base del informe de la Comisión de Gobiernos Autónomos, que destacó que la enajenación opera solo a favor de los actuales posesionarios de predios destinados a vivienda que hayan probado una posesión ininterrumpida por un período mayor a tres años y acrediten no tener bien inmueble alguno en los cantones referidos.

El proyecto prevé que las demandas judiciales de reivindicación, en trámite o que se iniciaren, no afectarán el proceso de expropiación correspondiente, a menos que interrumpieren civilmente los tres años de posesión continua mínima que se requieren.

En cambio, en la ley de legalización de tierras en Huaquillas, se determina que el Municipio de ese cantón verificará que la legalización de los predios beneficie a sus legítimos posesionarios, para cuyo efecto valorará antigüedad de la posesión, los actos de señor y dueño ejercidos sobre el inmueble y las demás circunstancias particulares de cada beneficiario, para cuyo efecto revisará cuidadosamente cada uno de los casos, a  fin de evitar concentración, tráfico, favoritismo o negación de los inmuebles de propiedad municipal.

En este marco, se autoriza al Municipio del cantón Huaquillas que proceda a la cancelación de los patrimonios familiares y al levantamiento de las prohibiciones de enajenar siempre que éstas se hayan constituido en virtud de la aplicación de esta ley y los adjudicatarios no tuvieren obligación alguna que satisfacer a favor de dicho municipio. El Municipio de Huaquillas, por lo tanto, no podrá cancelar patrimonios familiares ni levantar las medidas precautorias que se hubieren constituido por razones ajenas a la aplicación de esta ley.

En todo lo no previsto en la presente ley reformatoria, se estará a lo dispuesto en la Constitución de la República y en el Código Orgánico de Organización Territorial. Los municipios de los cantones Guayaquil, Samborondón, El Triunfo y Huaquillas, emitirán las ordenanzas necesarias a fin de asegurar el cumplimiento de la presente Ley.

JLVN/pv

 

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