El Presidente de la República, Rafael Correa Delgado, envió a la Asamblea Nacional, un proyecto de reformas a la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, a través del cual propone modificar el artículo 46, a fin de que, a más de las sanciones previstas en la ley, se incluyan medidas administrativas orientadas a proteger el patrimonio natural.
También exigirá la regulación de las autorizaciones, permisos, estudios y evaluaciones, así como verificará el cumplimiento de las medidas adoptadas para mitigar y compensar daños ambientales, dentro del término de 30 días.
Según la disposición transitoria, corresponde a la Función Ejecutiva, en caso de ser necesario expedir las reformas para que la normativa secundaria armonice con la presente reforma legal y, además, se viabilice su aplicación.
El Mandatario señala que el Estado en su ámbito de control debe propender al desarrollo económico del país, siempre de la mano de los principios ambientales y tendiendo a que las prácticas económicas sean amigables con la naturaleza, es por ello, que el artículo 396 de la Constitución establece que adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño y que, en caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará las medidas eficaces y oportunas.
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