Comisión de Desarrollo Económico entregó informe para segundo debate de proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Empresas Públicas

Lunes, 09 de abril del 2012 - 20:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Desarrollo Económico, presidida por el asambleísta Fernando Vélez, entregó el informe para segundo debate del proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Empresas Públicas, de autoría del asambleísta Andrés Páez, que tiene por objetivo crear un marco jurídico para la constitución, control, manejo y extinción de las empresas que pertenecen al Estado y a los gobiernos autónomos descentralizados.

 

Páez dijo que es conveniente reformar los artículos 29, 32 y 33 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, a fin de esclarecer que en caso de controversias, los obreros se sujetan a las autoridades y jueces de trabajo; mientras que los servidores públicos a los jueces de lo contencioso administrativo.

El artículo 3 del proyecto se refiere a la competencia y procedimiento en las relaciones contractuales generadas entre las empresas públicas y servidores públicos; y/o los obreros, se estará a lo dispuesto en esta Ley, la Ley Orgánica del Servicio Público y en el artículo 568 y siguientes de la Codificación del Código del Trabajo, según fuere el caso.

En cambio, el artículo 4 que sustituye el artículo 32, establece que las controversias que se originen de las relaciones laborales entre las empresas públicas y sus servidores públicos u obreros, serán resueltas por los jueces de lo contencioso administrativo competentes o por la autoridad del trabajo o los jueces de trabajo competentes, respectivamente.

En el artículo 5, se modifica el artículo 33 que habla de las normas supletorias, se determina que en todo lo no previsto expresamente en este Título y siempre que no contraríe los principios rectores de la administración del talento humano de las empresas públicas, se estará a lo que se dispone la Codificación del Código del Trabajo en lo relativo a la contratación individual y colectiva; y a la Ley Orgánica del Servicio Público, según corresponda.

JLVN/pv

 

 

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