Con la presencia de una nutrida delegación de extrabajadores de casinos y salas de juego, el Pleno de la Asamblea, inició el primer debate del proyecto de Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales, enviado por el Ejecutivo, con la calificación de urgente en materia económica.
Argumentó que en el artículo 1 prevé que el IESS haga efectiva la responsabilidad de los empleadores cuando incurran en mora en el pago de las obligaciones que impidan la atención de los afiliados por parte del instituto asegurador, a través de cualquiera de sus prestaciones.
Así mismo dijo, que el artículo 2 determina el mecanismo para cobrarles a los dueños de las casas de juego y casinos, por lo que se pretende que a través de las instituciones del Estado que tienen jurisdicción coactiva, con el objeto de hacer efectivo el cobro de sus acreencias, para lo que podrán ejercer subsidiariamente su acción no solo en contra del obligado principal, sino en contra de todos los obligados, incluyendo a sus herederos mayores de edad que no hubieren aceptado la herencia con beneficio de inventario.
Agregó que en el caso de personas jurídicas utilizadas para defraudar (abuso de la personalidad jurídica), se podrá llegar hasta el último nivel de propiedad, que recaerá siempre sobre personas naturales, quienes responderán con todo su patrimonio, sean o no residentes o domiciliados en el Ecuador.
Podrán ordenarse respecto de bienes que estando a nombre de terceros son, de público conocimiento, de propiedad de los referidos sujetos y siempre y cuando el obligado principal no cumpla su obligación. Agregó que igual atribución tendrán las autoridades de trabajo o los jueces del trabajo para ejecutar las sentencias dictadas dentro de los conflictos colectivos o individuales de trabajo, en su orden.
Además, el proyecto plantea el que los trabajadores del servicio doméstico, se rijan a una jornada igual a la de todos los trabajadores en general y que no se vean en la obligación de trabajar más días como ocurre en la actualidad y que se reconozca efectivamente el derecho a la lactancia de las madres en todos los casos y el derecho a la existencia de guardería de manera obligatoria en aquellos casos en los que el empleador tiene más de 50 trabajadores y no de manera subsidiaria como ocurre en la actualidad.
La normativa establece varios aspectos relacionados con la defensa de los derechos laborales y regula ciertas situaciones existentes, para garantizar el pleno derecho de los trabajadores reconocidos constitucionalmente.
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