Indígenas, campesinos y usuarios del riego hacen un seguimiento del debate de la Ley de Recursos Hídricos

Martes, 04 de mayo del 2010 - 17:29 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Alrededor de 1.300 indígenas y campesinos acudieron a la Asamblea Nacional, con el fin de hacer un seguimiento del debate del proyecto de Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamiento del Agua, que fuera analizado por la Comisión de Soberanía Alimentaria. También está presente en la sesión el Secretario Nacional del Agua, Domingo Paredes.

 

La propuesta tiene por objetivo garantizar el derecho humano al agua, regular y controlar la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración, uso y aprovechamiento del agua, el manejo integral y su recuperación, en sus distintas fases, formas y estados físicos, a fin de garantizar el Sumak Kawsay o buen vivir.

El proyecto que contiene 266 artículos, tres disposiciones generales, 20 transitorias, 16 derogatorias y una final, está dividido en cuatro títulos, que enfatizan en la desprivatización del agua, la gestión estatal y comunitaria, la creación de un sistema nacional estratégico de administración de este recurso con una autoridad única en la cual estará representado el gobierno, un consejo plurinacional y multicultural, garantizando de esta manera la activa participación de los usuarios del agua.

La normativa establece que el agua constituye un sector estratégico de decisión y de control exclusivo del Estado central, en coordinación con los gobiernos autónomos descentralizados. La gestión del agua se orienta al pleno desarrollo de los derechos y al interés social, en atención a su decisiva influencia social, comunitaria, cultural, política, ambiental y económica.

El Estado tendrá la obligación de administrar, regular, controlar y gestionar este sector estratégico, de conformidad con los principios de sustentabilidad, precaución, prevención, eficiencia, reparación integral, participación, conservación y responsabilidad ambiental.

Prevé que el agua por su trascendencia para la vida, la economía y el ambiente, no puede ser objeto de ningún acuerdo comercial, con gobierno, entidad multilateral o empresa extranjera o nacional.

Se prohíbe toda forma de privatización del agua, su gestión será exclusivamente pública o comunitaria. No se reconocerá ninguna forma de apropiación o posesión individual o colectiva sobre el agua, cualquiera que sea su estado.

La Autoridad Única del Agua, es responsable de la rectoría, planificación, gestión, regulación y control de la gestión integrada e integral de los recursos hídricos y de la gestión integral del agua por cuenca o sistemas de cuencas hidrográficas. Para el ejercicio de estas competencias la Autoridad Única del Agua coordinará con los gobiernos autónomos descentralizados según sus niveles de competencias.

La participación de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, sistemas comunitarios del agua, ciudadanos y usuarios en la gestión del agua se desarrollará de conformidad con lo establecido en la Constitución y la Ley.

JLVN/pv

 

 

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