Existirán cargos de desempeño exclusivo de comunicadores y periodistas profesionales

Viernes, 18 de junio del 2010 - 21:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Comunicación inició la aprobación de los artículos que quedaron suspensos, entre los cuales se halla el referente al ejercicio profesional de la comunicación.

En este aspecto, con 10 votos, unanimidad de los presentes, se aprobó que varios cargos serán de desempeño exclusivo de comunicadores y periodistas profesionales.

En medios escritos los cargos de director y jefe de información, jefe de redacción, redactor, editor y corresponsal o quienes ejerzan funciones equivalentes; en medios audiovisuales, los de director y subdirector de noticias, productor de noticias, redactores o quienes ejerzan funciones equivalentes; y, en radio, los de director de noticias y redactores o quienes ejerzan funciones equivalentes.

Se precisa que los cargos de editorialista y comentarista que representan la opinión del medio de comunicación social, o el de redactor o columnista de secciones especializadas en ciencias, artes, letras, religión, técnica, y en forma general de aquellas que representen la opinión del autor, no son de desempeño exclusivo de periodistas profesionales.

En las entidades públicas y en las privadas con finalidad social o pública, las oficinas de comunicación o relaciones públicas estarán dirigidas por comunicadores o periodistas profesionales.

En el tema de los periodistas también se aprobó un artículo sobre la propiedad intelectual. Se establece que los reportajes transmitidos o retransmitidos en radio, televisión o internet, artículos investigaciones, dibujos, grabados difundidos, expuestos o publicados en un medio de comunicación público, privado o comunitario, serán considerados de propiedad del periodista o comunicador social. Cuando se expongan, difundan o lo publiquen se hará conocer el autor de ellas, siempre que se cuente con su autorización.

Gasto público en publicidad

Se aprobó además el gasto público en publicidad. En este aspecto las entidades del sector público que contraten servicios de publicidad y propaganda en los medios de comunicación social se guiarán en función de criterios de igualdad de oportunidades en atención al objeto de una comunicación, el público objetivo, a la jurisdicción territorial de la entidad y a los niveles de audiencia y sintonía.

Se garantizará que los medios de menor cobertura o tiraje, así como los domiciliados en sectores rurales, participen de la publicidad y propaganda estatal.

Las entidades del sector público elaborarán anualmente un informe de distribución del gasto en publicidad contratada en cada medio de comunicación. Este informe será público.


AM/pv

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