La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, presidida por el asambleísta Raúl Abad, entregó a la Secretaría de la Asamblea, el texto definitivo, del proyecto de Ley Orgánica de Educación Superior, a fin de que el presidente de la Asamblea lo incluya en el orden del día para su votación. Haga click aquí para descargar el documento
Raúl Abad, indicó que el documento recoge, en su gran mayoría, las observaciones formuladas por los asambleístas, con lo cual se mejoró el texto del proyecto que busca alcanzar la educación de calidad que el Ecuador requiere para su desarrollo.
El proyecto que contiene 210 artículos, 10 disposiciones generales, cinco sobre el régimen de transición, 25 transitorias, seis derogatorias y una final, regula el sistema de educación superior en el país, a los organismos e instituciones que lo integran, determina derechos, deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, y establece las respectivas sanciones por el incumplimiento de las disposiciones contenidas en la Constitución y la presente Ley.
Tiene como objetivo definir sus principios, garantizar el derecho a la educación superior de calidad que propenda a la excelencia, al acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna.
El cuerpo legal establece que el Sistema de Educación Superior se regirá por los principios de autonomía responsable, cogobierno, igualdad de oportunidades, calidad, pertinencias, integralidad y autodeterminación para la producción del pensamiento y conocimiento en el marco del diálogo de saberes, pensamiento universal y producción científica tecnológica global. Estos principios rigen de manera integral a las instituciones, actores, procesos, normas, recursos y demás componentes del sistema, en los términos que establece la Ley.
El Estado reconoce a las universidades y escuelas politécnicas autonomía académica, administrativa, financiera y orgánica, acorde con los principios establecidos en la Constitución.
En el ejercicio de la autonomía responsable, las universidades y escuelas politécnicas mantendrán relaciones de reciprocidad y cooperación entre ellas y éstas con el Estado y la sociedad; además observarán los principios de justicia, equidad, solidaridad, participación ciudadana, responsabilidad social y rendición de cuentas.
Las instituciones del Sistema de Educación Superior deberán rendir cuentas del cumplimiento de sus fines y de los fondos públicos recibidos, mediante el mecanismo que establezca la Contraloría, en coordinación con el Consejo de Educación Superior, y conforme a las disposiciones de la Ley que regula el acceso a la información.
El cogobierno es parte consustancial de la autonomía universitaria responsable que consiste en la dirección compartida de las universidades y escuelas politécnicas por parte de los diferentes sectores de la comunidad de esas instituciones: profesores, estudiantes, empleados y trabajadores, acorde con los principios de calidad, igualdad de oportunidades, alternabilidad y equidad de género.
El proyecto determina que las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares se crearán por Ley, previo informe favorable del Consejo de Educación Superior a la Asamblea Nacional.
El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana.
Este proyecto recoge otras normas sobre la integración del Consejo de Educación Superior, sus funciones; sanciones, la extinción de instituciones; la suspensión de las universidades y escuelas politécnicas; entre otros aspectos.
JLVN