Esta mañana, la Secretaría de la Asamblea Nacional remitió a la Presidencia de la República el proyecto de Ley de Educación Superior (LOES), mismo que fue aprobado en segundo debate el miércoles 4 de agosto.De conformidad con el artículo 137 de la Constitución, el Ejecutivo, a partir de la fecha de recepción del documento, tiene plazo de 30 días para sancionar u objetar el proyecto, de lo contrario pasará a su publicación en el Registro Oficial.
El presidente de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología, Raúl Abad, como resultado de permanentes diálogos y consensos con la Academia, introdujo en el último texto 48 puntos propuestos por la comunidad universitaria, además de los criterios de los asambleístas de las distintas bancadas. Durante el segundo debate, se registraron 85 intervenciones, que equivale a más 800 minutos de intensa discusión, en tanto el proceso de construcción colectiva del cuerpo legal demoró casi un año.
Fines
La educación superior de carácter humanista, cultural y científica constituye un derecho de las personas y un bien público social, que responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales ni corporativos.
El derecho a la educación superior consiste en el ejercicio efectivo de la igualdad de oportunidades, en función de los respectivos méritos, a fin de acceder a una formación académica y profesional con producción de conocimiento pertinente y de excelencia.
Las ciudadanas y los ciudadanos en forma individual y colectiva, las comunidades, pueblos y nacionalidades tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo superior, a través de los mecanismos establecidos en la Constitución.
Ejercicio para derechos de las personas con discapacidad
Todas las instituciones del Sistema de Educación Superior garantizarán en sus instalaciones académicas y administrativas, las condiciones necesarias para que las personas con discapacidad (estudiantes, profesores, investigadores, servidores y trabajadores) no sean privadas del derecho a desarrollar su actividad, potencialidades y habilidades.
La LOES establece, también, que la educación superior es condición indispensable para la construcción del derecho del buen vivir, en el marco de la interculturalidad, del respeto a la diversidad y la convivencia armónica con la naturaleza.
Autonomía responsable
La autonomía responsable que ejercen las universidades y escuelas politécnicas consiste en la independencia para que los profesores e investigadores de tales entidades ejerzan la libertad de cátedra e investigación; libertad en la elaboración de sus planes y programas de estudio; libertad para nombrar a sus autoridades, docentes, servidores, atendiendo a la alternancia y equidad de género; libertad para administrar los recursos acorde con los objetivos del régimen de desarrollo, sin perjuicio de la fiscalización a la institución por un órgano contralor interno o externo, entre otros aspectos.
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