Asamblea aprueba el Octavo Protocolo de Complementación Económica entre los Estados partes del MERCOSUR y de la Comunidad Andina

Jueves, 18 de noviembre del 2010 - 21:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El pleno de la Asamblea Nacional, con base en el informe elaborado por la Comisión de Soberanía Integración, Relaciones Internacionales, con 99 votos, aprobó el Octavo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 59, suscrito entre los gobiernos de las Repúblicas de: Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, estados partes del Mercosur y los gobiernos de las repúblicas de Colombia, Ecuador y Venezuela, miembros de la Comunidad Andina, enviado por el señor presidente de la República.

El referido Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No 59 otorga ventajas comerciales al Ecuador y permite su acceso en condiciones favorables a un mercado tan importante como es el de la República Federativa del Brasil, lo cual impulsa el objetivo de mejorar nuestra balanza comercial y dinamizar el comercio exterior del país.

Como se recuerda, el mencionado instrumento internacional tiene como antecedente el Tratado de Montevideo de 1980, en que se instituyó la Asociación Latinoamericana de Integración ALADI, en la que participan Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, encontrándose en proceso de adhesión Panamá y Nicaragua.

Al amparo de ese instrumento, los países participantes pueden adoptar una diversidad de acuerdos que se dividen en dos grupos: de alcance regional, donde participan todos los países miembros; y, de alcance parcial, donde participan algunos países miembros. Esta última categoría permite varias modalidades, entre las que se destacan los Acuerdos de Complementación Económica, ACEs.

En el informe se subraya que el antecedente directo para la negociación del Octavo Protocolo del ACE No. 59 constituye la gestión directa realizada por el Presidente de la República, en su visita oficial a Brasil, el 4 de abril de 2007, en la cual se negoció la firma del Comunicado Conjunto en que convino que Brasil aceleraría unilateralmente la desgravación arancelaria concedida en el marco de dicho instrumento, a fin de lograr 100% de preferencia para las exportaciones del Ecuador, es decir, el ingreso de productos ecuatorianos en ese mercado, con el 10% de arancel.

En este sentido, el Ecuador reconoce la necesidad de la integración latinoamericana y los principios sobre las relaciones internacionales contenidos en el artículo 416, numerales 1, 9, 10, 11 y 12, a través de los cuales proclama la independencia e igualdad jurídica de los Estados; reconoce al derecho internacional como norma jurídica de los Estados y como norma de conducta; promueve la conformación de un orden global multipolar, con la participación activa de bloques económicos y políticos regionales; e, impulsa prioritariamente la integración política, cultural y económica de la región Andina, de América del Sur y de Latinoamérica.

RSA/eg

 

 

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