La Comisión de Biodiversidad, presidida por la asambleísta Rosana Alvarado, iniciará el análisis de las reformas a la Ley de Minería, de iniciativa del asambleísta Cléver Jiménez, la próxima semana, misma que tiene por objetivo garantizar el ejercicio de potestad soberana del Estado para administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos de los recursos minerales, geológicos, cualquiera sea su origen y estado físico, bajo los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención, eficacia, aprovechamiento sustentable e sus recursos naturales y regeneración de los ciclos vitales de la naturaleza. Se exceptúa de esta ley los recursos petroleros e hidrocarburíferos.
En las sesión 60 del organismo legislativo, los comisionados aprobaron una agenda y cronograma de actividades para tramitar dicho proyecto a través del cual se establece que recibirán en comisión general a los representantes del Ministerio de Recursos No Renovables; del Ministerio del Ambiente; autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados que así lo soliciten; comunidades, pueblos y nacionalidades donde se desarrolle actividad minera; a las Cámaras de Pequeña Minería, entre otros.
El proyecto fue socializado con los Ministerios de Recursos no Renovables; del Ambiente; de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, secretaría Nacional Jurídica, gobiernos autónomos descentralizados provinciales y municipales; Cámara de Minería del Ecuador; Universidades y Escuelas Politécnicas con carreras relacionadas con minería; ONG´s relacionadas con esta actividad.
Entre los aspectos relevantes del proyecto que contiene 103 artículos y una disposición final se establece que se prohíbe toda actividad minera en territorios ancestrales, zonas de seguridad nacional, zonas intangibles, territorios donde vivan pueblos aislados libremente, áreas de reserva naturales, áreas donde existan nacimientos, páramos y fuentes de agua que sean destinadas para el consumo humano, las comprendidas dentro de los límites de áreas mineras con títulos legalmente registrados, en zonas urbanas, centros poblados, zonas arqueológicas y donde existan bienes declarados de utilidad pública.
Se establece que el Estado podrá, excepcionalmente, delegar la participación en el sector minero, a través de la entrega de títulos de delegaciones sobre áreas mineras. La delegación de un área minera es un acto administrativo que otorga un título minero, sobre el cual, el titular tiene derechos para prospección, exploración, explotación, beneficio, fundición, refinación y comercialización interna o externa de productos minerales, haciéndose beneficiario de los réditos económicos que se obtengan de dichos procesos.
En cuanto a la regalías por la explotación de minerales se determina que el titular minero, deberá pagar al Estado una regalía equivalente al 5% de las utilidades obtenidas por la venta del mineral principal y secundarios; para el caso de titulares de derechos mineros de pequeña minería, pagarán por este concepto el 3%.
La totalidad de las regalías será destinada para proyectos productivos y de desarrollo local del lugar donde se explotan los recursos, a través de los gobiernos provinciales, municipales, juntas parroquiales y, cuando el caso amerite, el 50% de este porcentaje a las instancias de gobierno de las comunidades indígenas y/o circunscripciones territoriales. Estos recursos serán distribuidos priorizando las necesidades de las comunidades que se encuentran en áreas de influencia, afectadas directamente por la actividad minera.
La propuesta, determina que el Estado percibirá el 80% por concepto de utilidades netas, resultado del proceso de la explotación, refinación, fundición y comercialización del mineral principal y de los minerales secundarios, que serán pagados por el titular minero que los explota.
También, se establecen modificaciones por daños por acumulación de aguas; el aprovechamiento de aguas subterráneas en áreas mineras vecinas; la caducidad de los títulos mineros; minería artesanal o pequeña minería, entre otros aspectos.
JLVN