Ejecutivo remite proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública

Miércoles, 30 de marzo del 2011 - 18:50 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con la finalidad de realizar ajustes para potenciar de mejor manera las acciones concretas de la administración pública en el ámbito de la contratación pública, el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea Nacional el proyecto de reformas a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.

 

El proyecto, que contiene 13 artículos, precisa el régimen especial para la adquisición de bienes y servicios de los cuales haya un solo proveedor, o la mejora tecnológica de infraestructura con la que cuente el Estado; y, cuando sea necesaria la utilización de patentes, marcas exclusivas o tecnologías que no admiten otras alternativas.

Así mismo, se modifica la contratación de consultoría a cargo de extranjeros, con la reducción del plazo de 30 a ocho días, sobre la expresión de interés que podrían tener los consultores nacionales para ejecutar los trabajos.

La normativa aclara el régimen de la menor cuantía, es decir, aquellas obras, bienes y servicios que se ejecutan en montos menores, por lo que se propone eliminar el sorteo y establecer un procedimiento dentro del Reglamento General de la Ley. Se incorpora una regla respecto de la aplicación de los criterios de preferencia para la participación local.

Para la contratación integral, se establece la posibilidad de integrar o consolidar en un solo contratista las fases de diseño, construcción y provisión de equipo, puesta de operación y mantenimiento por niveles de servicio, a fin de obtener una respuesta efectiva frente a la complejidad de los retos planteados para alcanzar obras completas, en un el tiempo oportuno y que puedan ser utilizadas de forma total.

Una vez que haya ocurrido la terminación anticipada y unilateral del contrato, es necesario -por efectos del bien común- que inmediatamente se pueda contratar el objeto terminado anteriormente, con el propósito de que exista la continuidad en el servicio público y la obra no se vea afectada por sinnúmero de eventos de los interesados que pretenden dilatar la realización de la obra, señala el Mandatario en su propuesta.

En cuanto a la ejecución de garantías, el pago del mismo se extiende a 48 días, que sería un plazo prudencial para ejecutar todos los pasos necesarios para que las compañías de seguro puedan realizar el pago libre y jurídicamente comprometido.

La normativa también complementa el sistema de registro y no intervención en el sistema de aquellas compañías de seguros que no cumplan con sus compromisos legalmente adquiridos.

JLVN/eg

 

 

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