Comisión 2 recibió a representantes de los jubilados del Ecuador, Federación Ecuatoriana de Trabajadores Municipales y Gaspetsa

Miércoles, 20 de julio del 2011 - 20:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, que preside Nivea Vélez, recibió a más de una veintena de representantes de la Unión Nacional de Educadores Jubilados del Ecuador, de la Federación Ecuatoriana de Trabajadores Municipales y de la empresa Gaspetsa, quienes reclaman que sus derechos han sido vulnerados.

En este marco, los representantes de la Federación Ecuatoriana de Trabajadores Municipales, ante el organismo legislativo, denunciaron sentirse afectados por la eliminación de la jubilación adicional del magisterio. Los delegados de la Federación Ecuatoriana de Trabajadores Municipales -Fetramu- manifestaron que sus derechos han sido violentados, al no reconocérseles ciertos beneficios que por ley les corresponde.

También recibió a un representativo grupo de trabajadores de Gaspetsa, quienes afirman que el Gerente General de Petroecuador y el Ministerio de Relaciones Laborales han atropellado sus derechos, toda vez que han reintegrado a laborar a un determinado número de trabajadores y no a la totalidad de los que fueron despedidos.

Industrias cementeras

En virtud de que este organismo legislativo elabora el informe para primer debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Jubilación Especial de los Trabajadores de la Industria del Cemento, de iniciativa de Henry Cuji, la asambleísta Consuelo Flores, presentó varias observaciones, por escrito, entre ellas, que se establezca el beneficio de los trabajadores de la industria del cemento del sector público y privado, el derecho de jubilación especial a cargo de dichas empresas cementeras, una vez que hayan acreditado ser jubilados por esta empresa, cualquiera que sea su edad.

Así mismo, se determina el beneficio a favor de los trabajadores de la industria del cemento, es decir, quienes laboraron o laboran en las empresas principales y sus filiales y/o intermediarias reconocidas en contratos colectivos o por el Ministerio de Relaciones Laborales.

Quienes se acojan al derecho de jubilación especial establecido en esta ley, gozarán de una pensión mensual equivalente al cien por ciento del último sueldo o salario que hubieren percibido.

Estas y otras observaciones la Comisión 2, las recogerá para incluirlas en el informe para primer debate del referido proyecto de ley.

Por otro lado, los integrantes de la Comisión también aprobaron, por iniciativa del asambleísta Armando Aguilar, pedir al Pleno de la Asamblea, apruebe un proyecto de resolución para adherirse a la declaración de Guatemala, realizada con oportunidad de la XXV Asamblea General de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social, que declara a la última semana de abril como la “semana de la seguridad social” en honor a que el 27 de abril de 1955 entró en vigencia el convenio 102 y que, conjuntamente con la declaración de filadelfia, constituye una de las referencias mundiales de mayor relevancia, influencia e impacto en materia de seguridad social.

RSA/eg

 

 

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