Reforma a la Ley General del Sistema de Instituciones Financieras pasó el primer debate

Lunes, 31 de octubre del 2011 - 23:35 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional tramitó en primer debate el proyecto de Ley Reformatoria a la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero, que tuvo como base el informe de la Comisión de Régimen Económico y Tributario, presidida por Francisco Velasco, quien reiteró que la propuesta pretende fortalecer a las mutualistas a través de la opción que los socios puedan realizar aportes de capital a las mutualistas, que actualmente cuenta con 300 mil cuenta ahorristas.

 

Recalcó que el capital social de una mutualista será variable e ilimitado. El monto mínimo del capital social pagado para constituir una mutualista será de USD 788.682. Dicho capital estará representado por certificados de aportación pagados por sus socios.

El valor de los certificados de aportación será establecido a la constitución de una mutualista y deberá constar en su estatuto. A cambio la mutualista le entrega al socio un certificado de aportación que le da la categoría de socio con derecho a voz y voto, señaló.

Según la propuesta, son socios de las mutualistas, las personas que mantengan certificados de aportación, quienes reunidas en junta general de socios y conforme a su estatuto social elegirán a los miembros del directorio.

Los certificados de aportación representan la participación del capital de los socios en la mutualista, confiriéndoles derecho a voz y a un voto, independientemente del número de certificados de aportación que cada uno pague.

Dijo que se considerarán vinculadas a la propiedad o administración de la institución del sistema financiero, las personas naturales o jurídicas que posean directa o indirectamente el uno por ciento (1%) o más del capital pagado de la institución financiera o de la sociedad controladora del banco o institución financiera que haga cabeza del grupo financiero.

Así mismo, continuó, se prohíbe efectuar operaciones con personas naturales o jurídicas vinculadas directa o indirectamente con la administración o la propiedad de una institución del sistema financiero, de sus subsidiarias o de su sociedad controladora.

Para las mutualistas de ahorro y crédito para vivienda, se establece un cupo de crédito de grupo, al cual podrán acceder los miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia, los administradores, empleados y las personas naturales y jurídicas vinculadas a éstos. También se establece un límite individual de crédito para aquellas personas vinculadas por propiedad o administración.

Por último, expresó que las cuatro mutualistas y la Superintendencia de Bancos y Seguros han expresado su acuerdo con las disposiciones del proyecto de Ley.

RSA/pv

 

 

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