El asambleísta Andrés Páez manifestó que “el gobierno, al despedir a servidores públicos condenó a más de cuatro mil familias a pasar las penurias del desempleo, sin haber observado ningún procedimiento que justifique la desvinculación de los trabajadores del sector público”.
Dijo que las personas que han sido obligadas a “renunciar”, no son los primeros en ser desvinculados del Estado, porque esta situación ya se presentó en la Corporación Nacional de Telecomunicaciones, con médicos y maestros.
Indicó que “en la actualidad al despedir a los funcionarios se ha dejado algunos servicios públicos al borde del colapso, como es el caso del sistema sanitario o de salud, que por carencia de médicos, se advierten serios inconvenientes para la atención de los usuarios”.
Manifestó que el gobierno basa su posición en el artículo 47, literal K) de la Ley de Servicio Público, que consagra todas las posibilidades para desvincular a un servidor público. Sin embargo, señaló que el literal K) del artículo 47, establece como causal de cesación definitiva de sus funciones la compra de renuncias con indemnización, pero que la renuncia con indemnización, no es lo que se está aplicando de acuerdo al Decreto Ejecutivo 813, porque se habla de renuncia obligatoria.
Sostuvo que la renuncia es un acto estrictamente voluntario, que corresponde al fuero interno de la persona que desea desvincularse, al tiempo de reiterar que no existe la renuncia obligatoria en ninguna legislación del mundo.
Aclaró que la figura de la “renuncia obligatoria” ya fue rechazada por el Legislativo, cuando el Ejecutivo quiso incorporarla en la Ley de Servicio Público a través del veto, mismo que fue negado por la Asamblea Nacional.
También argumentó que el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, dispone en su artículo 7, que no deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivo relacionado con su conducta o con su rendimiento (excusa que dice pone el régimen), antes de que se le haya dado la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él. Así mismo, dijo, el artículo 4 establece que no se pondrá termino a la relación de trabajo de un trabajador al menos que exista para ello una causa justificada relacionada con su capacidad o su conducta, o basada en la necesidad de funcionamiento de la empresa, establecimiento o servicio.
Por otro lado advirtió que el Ministro de Finanzas deberá explicar cuál es el destino que se le dará a los mil millones de dólares de incremento en la proforma presupuestaria en el año 2012, en el rubro salario del sector público.
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