Con la finalidad de prevenir y eliminar la incidencia de enfermedades causadas por el consumo de alimentos cárnicos contaminados; estimular la actividad agropecuaria, mejorando las condiciones sanitarias a través de políticas públicas que aseguren las inversiones del sector, entre otros aspectos, el Ejecutivo remitió a la Asamblea Nacional, el proyecto de Ley Derogatoria a la Ley de Erradicación de la Fiebre Aftosa (CONEFA), promulgada en el Registro Oficial 217, de 23 de noviembre de 2003.
De esta manera, las atribuciones que fueron otorgadas a la Comisión Nacional de Erradicación de la Fiebre Aftosa, Conefa, serán ejercidas por la Agencia de Aseguramiento de la Calidad del Agro-Agrocalidad.
La propuesta establece que, en un plazo de 180 días, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente ley en el Registro Oficial, las Asociaciones de Ganaderos del país deberán organizar comités locales de sanidad animal, cuya información deberá ser remitida a las oficinas del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, a nivel nacional.
En los considerandos, el Mandatario subraya que es conveniente a los intereses del país que la rectoría de las políticas públicas sean dirigida y ejecutada por los organismos del sector público, tal como dispone el artículo 154, numeral 2 de la Constitución.
Precisa que constituyen acciones básicas del Estado, entre otras, estimular la actividad agropecuaria, mejorando las condiciones sanitarias a través de políticas que aseguren las inversiones en el sector; optimizar el aprovechamiento del potencial productivo nacional; y, proteger la salud de los habitantes con un tratamiento adecuado de los productos cárnicos y su transporte.
Dentro de las acciones principales que ejecuta el Estado se encuentran las enmarcadas en la Ley de Erradicación de la Fiebre Aftosa y su correspondiente reglamento, cuyo propósito es evitar la reinserción de la enfermedad en el país, instrumentando acciones conjuntas con el sector privado que permitan el fortalecimiento sanitario y productivo de la ganadería nacional.
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