Pleno inició primer debate de las reformas a la Ley Electoral

Martes, 29 de noviembre del 2011 - 18:36 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 138 del Pleno, sobre la base del informe preparado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por Mauro Andino Reinoso, los asambleístas iniciaron el primer debate del Proyecto de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Código de la Democracia, que busca acercarse con sus disposiciones a los mandatos de la Constitución y a los deseos de la ciudadanía.

 

Andino, en su exposición, aseguró que para la elaboración del informe, el organismo unificó las iniciativas presentadas por los legisladores María Soledad Vela (AP), Andrés Roche (MDG) y Saruka Rodríguez (PRE) y recogió las propuestas de los asambleístas de diferentes bancadas políticas, así como del Consejo Nacional Electoral, observaciones trascendentales para la vigencia del sistema democrático.

Subrayó que en el documento se propone como grandes objetivos defender los derechos de las y los ecuatorianos a expresar su voluntad soberana, permitir el voto de los que se encuentren al interior de los recintos electorales hasta las 17h00, eliminado la mala práctica de impedirles ejercer su derecho de elegir; fortalecer la gobernabilidad, permitiendo una relación de cooperación entre Ejecutivo y Legislativo, como manda el Art. 226 de la Constitución; agilizar y optimizar los procesos electorales, aprovechando la experiencia de las elecciones pasadas; y, ajustar el sistema de la justicia electoral, mediante el juzgamiento de infracciones electorales menores por el órgano administrativo electoral y optimizar los recursos y acciones contencioso electorales.

Además, dijo, la norma garantiza una amplia participación de las fuerzas políticas en una contienda electoral pluralista y democrática, mediante elecciones presidenciales y legislativas de manera simultánea. También se simplifica el método de adjudicación de escaños, con la finalidad de que el elector, pueda prever el impacto de su voto, sobre la representación y así potenciar la transparencia del sistema electoral.

La norma plantea que las elecciones se realizarán cada cuatro años para elegir simultáneamente Presidente o Vicepresidente de la República, asambleístas, representantes ante el Parlamento Andino, consejeros y consejeras regionales y gobernadores regionales.

En caso que en la primera votación ningún binomio presidencial hubiere logrado mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta dentro de los siguientes 45 días y en ella participarán los dos binomios más votados en la primera vuelta. No será necesaria la segunda votación si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el 40% de los votos válidos y una diferencia mayor de diez puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio ubicado en el segundo lugar.

Para la adjudicación de escaños en elecciones pluripersonales, se procederá de acuerdo con los cocientes mayores, mediante la aplicación de la fórmula de divisores menores continuos.

Los movimientos políticos que obtuvieren el equivalente al cinco por ciento de los votos válidos a nivel nacional en dos elecciones pluripersonales consecutivas, adquirirán iguales derechos y deberán cumplir las mismas obligaciones que los partidos políticos.

Para efecto de las campañas electorales de consulta, referéndum y revocatoria de mandato se considerarán sujetos políticos a los proponentes de éstas y a quien promueva la revocatoria de mandato y a la autoridad contra quien se la proponga. El Consejo Nacional Electoral dictará la normativa necesaria para garantizar la promoción electoral equitativa e igualitaria en radio, prensa, televisión y vallas durante estos procesos electorales.

Sobre la administración de justicia electoral, se pretende dar mayor eficacia, simplificando los trámites electorales, sobre todo en las contravenciones que se cometan en esta materia.

RSA/eg

 

 

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