Próximo miércoles se tramitará objeción Reformatoria a la Ley de Creación del Consejo de Gestión de Aguas de la cuenca del Paute

Lunes, 05 de diciembre del 2011 - 18:21 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, convocó para el miércoles 7 de diciembre de 2011, a las 18h00, a la reinstalación de la sesión No. 138 del Pleno, con el objeto de tramitar la objeción parcial del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Creación del Consejo de Gestión de Aguas de la cuenca del Paute y derogatoria de las leyes de creación de la Junta de Recursos Hidráulicos y obras básicas de los cantones Jipijapa, Paján y Puerto López y de las empresas para la prestación del Servicio Público de Agua Potable y Alcantarillado.

 

Como se recuerda el presidente de la República, Rafael Correa, envió a la Asamblea la objeción parcial al proyecto en referencia en el que propone que entre las atribuciones del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Hidrográfica del Río Paute se suprima la de coordinar y aprobar los procesos para formular su presupuesto, considerando que el Consejo tal como se encuentra definido en el proyecto, se constituye como un ente únicamente consultivo, por lo que no necesitará la asignación de un presupuesto para el cumplimiento de sus funciones, más aún si es parte de la Autoridad Única del Agua.

Sobre el artículo 4 el Primer Mandatario plantea que el Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Hidrográfica del Río Paute, sea un órgano colegiado de carácter consultivo de la Autoridad Única del Agua, integrado por representantes de los diferentes niveles de gobierno, de los usuarios y de las organizaciones sociales vinculadas a la gestión de recursos hídricos,

El presidente Correa explica que la función de este nuevo Consejo es ser una instancia consultiva de la Autoridad Única del Agua y de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, los usuarios y las organizaciones sociales vinculadas a la gestión de los recursos hídricos y, por tanto, no debería estar adscrito a dicho organismo, sino más bien ser parte de él. Al definirlo como un órgano adscrito se le estará dotando de personería, presupuesto y capacidad de planificación y ese no es el espíritu de la ley, agrega.

Sobre la Disposición Transitoria Novena, señala que es conveniente darle un plazo mayor a los municipios de Esmeraldas, Atacames y Río Verde para que asuman las competencias de la empresa EAPA San Mateo (entidad que se encuentra temporalmente intervenida por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda), así como asegurar la recuperación de los recursos invertidos por el Gobierno Central, a través del correspondiente convenio de fideicomiso.

RSA/pv

 

 

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