Veto parcial a Ley que incluye el tratamiento de las enfermedades raras o huérfanas, proyecto para el parto acompañado y reformas electorales, en agenda del miércoles

Lunes, 19 de diciembre del 2011 - 18:25 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, convocó a la sesión 141 del Pleno, para el miércoles 21 de diciembre, a las 09:40, con el propósito de tramitar, en primer debate, el proyecto de Ley de Práctica Intercultural para el Parto Acompañado en el Sistema Nacional de Salud; conocer la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, para incluir el tratamiento de las Enfermedades Raras o Huérfanas y Catastróficas; y, el segundo debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.

 

Parto acompañado

En su informe, la Comisión del Derecho a la Salud, que preside el asambleísta Víctor Quirola, recomienda al Pleno el archivo del proyecto de Ley de Práctica Intercultural para el Parto Acompañado en el Sistema Nacional de Salud, auspiciado por la legisladora Lourdes Tibán, por cuanto, sin desconocer los derechos colectivos y saberes ancestrales, se reconoce que el derecho a la salud es uno solo y el estado de salud, según las directrices de la Organización Panamericana de la Salud y la vigente Ley Orgánica de Salud, se entiende como el completo estado de bienestar físico, mental y social y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades, pues con el proyecto se haría una separación entre el sistema general de salud y uno específico para las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Tras un amplio razonamiento, incluyendo los puntos de vista de expertos y de los participantes en un taller, el organismo legislativo subraya como consenso general que ya existe legislación vigente que regula la materia del parto intercultural acompañado en el Sistema Nacional de Salud, que en base a esa legislación se ha desarrollado normativa reglamentaria y protocolos técnicos para brindar este servicio, muestra de lo cual es la implementación de alrededor de 39 servicios de salud que, actualmente, llevan a cabo procesos de parto acompañado y parto intercultural en distintas provincias del Ecuador. Lo que haría falta es la implementación nacional de esos servicios, así como la difusión a la ciudadanía de la existencia de los mismos.

Enfermedades raras

Respecto de la objeción parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Salud, para incluir el Tratamiento de las Enfermedades Raras o Huérfanas y Catastróficas, el informe no vinculante de la Comisión del Derecho a la Salud, luego del respectivo análisis, plantea que el Pleno se allane a las observaciones hechas por el presidente de la República, Rafael Correa Delgado, a excepción del tema relacionado con la definición de enfermedad rara o huérfana, tomando en cuenta que el elemento distintivo de este tipo de enfermedades es la aparición poco común en una población, no así la consideración de ello en grupos étnicos y circunscripciones territoriales, pues existen enfermedades que son de alta prevalencia en ciertos sectores de Ecuador o en ciertas etnias, sin embargo, respecto de la población total del país, esas enfermedades son de baja prevalencia.

Reforma electoral

Con base en el informe de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por Mauro Andino Reinoso, la Asamblea desarrollará el segundo debate del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, que busca garantizar la equidad y paridad de género en la conformación de los órganos y organismos de la Función Electoral, en cumplimiento del mandato constitucional del artículo 65; proporcionar a las mujeres políticamente activas una protección contra el acoso político; asegurar una amplia participación, pluralidad e igualdad de condiciones en las contiendas electorales, mediante la realización en el mismo día de elecciones presidenciales y legislativas; y, ofrecer a los candidatos que optan por la reelección la oportunidad de ejercer sus funciones y solicitar licencia cuando consideren oportuno, con el fin de hacer efectivo el derecho de reelección garantizado en el artículo 114 de la Constitución.

También, pretende conciliar los mandatos constitucionales entre el principio de representación proporcional del artículo 116 y la necesidad de organizaciones políticas fuertes programáticas y como ejes de la democracia representativa, conforme lo ordenan los artículos 108 y 112 de la Carta Política, mediante un método de adjudicación de escaños que recoja la voluntad del constituyente; agilitar y optimizar los procesos electorales, aprovechando la experiencia de las elecciones pasadas; y, ajustar el sistema de justicia electoral mediante el juzgamiento de infracciones electorales menores por el órgano administrativo electoral y optimizar los recursos y acciones contencioso electorales.

EG/pv

 

 

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