Comisión de Justicia presentó informe no vinculante en torno al veto del Ejecutivo al Código de la Democracia

Viernes, 06 de enero del 2012 - 22:47 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 100, la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por Mauro Andino Reinoso, aprobó por unanimidad de los asambleístas presentes  (6), el informe no vinculante al veto parcial del Presidente de la República al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica Electoral y Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia.

 

La objeción del Ejecutivo se centra en los artículos 14, 19, 21, 22, 25 y 27. Además, plantea una modificación a la Disposición General Quinta del proyecto.

La Comisión de Justicia sugiere allanarse a los vetos de los artículos 14, 19, 22, 25 y la Disposición Quinta, y ratificarse en el texto de los artículos 21 y 27.

Los comisionados mencionan que la objeción del artículo 14 pretende asegurar una justicia electoral ágil y oportuna, mediante la optimización de plazos para los recursos contencioso electorales.

Asignación de escaños

El Primer Mandatario, en el artículo 19, propone diferenciar entre asambleístas elegidos en circunscripción nacional y los asambleístas elegidos en otro tipo de representación (provincial, regional, metropolitana). Para los asambleístas elegidos en circunscripción nacional se aplicaría el método de divisores impares. Para los asambleístas elegidos en circunscripciones diferentes a la nacional se implementaría el método de divisores continuos.

Prohibición de propaganda electoral

En el artículo 22, el mandatario Rafael Correa expone la necesidad de garantizar un espacio de reflexión sobre las decisiones de los ciudadanos y habitantes del Ecuador en los eventos electorales, a través de una norma que prohíba absolutamente la propaganda electoral en el período inmediatamente anterior al evento electoral y durante los comicios.

Infracciones electorales

Respecto del artículo 25, solo corrige un error de redacción, pues se dice los literales 2 y 4, cuando debería decir numerales 2 y 4.

Elecciones bien organizadas

Respecto de la Disposición General Quinta, Según la Comisión de Justicia, el planteamiento gubernamental recoge y precisa adecuadamente la intención del legislador para garantizar que durante el proceso electoral los órganos de la Función Electoral cuenten con el personal necesario para cumplir con su misión constitucional de garantizar elecciones bien organizadas, transparentes y participativas.

Propaganda electoral

Los comisionados precisan que la observación del Ejecutivo al artículo 21 responde al espíritu de la reforma de garantizar en las contiendas electorales la igualdad de oportunidades de las diversas orientaciones políticas y precautelar que los fondos y bienes del Estado no se empleen con fines electorales.

No obstante, expresan que el inciso segundo y tercero del texto propuesto por el Primer Mandatario abandona el ámbito de regulación del artículo original, ya que no se refieren a entidades públicas, sino a sujetos de derecho privado y a medios de comunicación, lo que significa que esos incisos introducen materias que no fueron contempladas en el proyecto (limitaciones para los sujetos de derecho privado y medios de comunicación), lo que atenta al artículo 138 de la Constitución.

Acoso político

La Comisión señala que el texto original de la reforma contenida en el artículo 27 es más exacto en la determinación del sujeto activo de la infracción, esto es, las y los servidores públicos y los ciudadanos); precisa el sujeto pasivo especial de la infracción (mujeres candidatas o en funciones públicas); y, establece el tipo de sanción con un grado de proporcionalidad (multa en relación a la gravedad); mantiene el carácter electoral de la infracción (acoso político).

El Presidente de la República, en cambio, es partidario que los atentados al ejercicio de los derechos de las personas sean juzgados dentro de la esfera penal antes que en el ámbito electoral y no sea constreñido a un género.

Por ello, los miembros de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado proponen que, en estas materias, el Pleno ratifique lo originalmente aprobado

MG/eg

 

 

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