Listo informe para primer debate de Proyecto de Ley de Conservación y Restauración del Ecosistema Manglar

Miércoles, 29 de febrero del 2012 - 20:21 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Luego de un extenso análisis del proyecto de Ley Orgánica de Conservación y Restauración del Ecosistema Manglar, de iniciativa del asambleísta Línder Altafuya, la Comisión de Biodiversidad, aprobó el informe para primer debate.

El presidente de la Comisión, Rolando Panchana, indicó que esta propuesta tiene como objetivo proteger, manejar, conservar y restaurar el ecosistema manglar, el mismo que se encuentra en la actualidad reconocido por la Constitución de la República, como “frágil y amenazado”, según lo determina el artículo 406.

El manglar es un ecosistema frágil y amenazado, que tiene directa relación con la biodiversidad y es por ello que la conservación de la misma es una de las funciones que cumplen los ecosistemas en general, dijo.

El proyecto determina que el ecosistema manglar es un bien del Estado, que está fuera del comercio, por lo cual no es susceptible de posesión o cualquier otro medio de apropiación y solamente podrán ser explotados mediante concesión otorgada por ley.

Según la propuesta, las regulaciones en el ecosistema manglar deberán garantizar un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural. Las personas naturales o jurídicas, que por acción u omisión estén vinculadas directa o indirectamente con el ecosistema manglar, deberán prevenir cualquier impacto ambiental.

Prevé que el Ministerio del Ambiente es el ente rector, coordinador y regulador de la gestión del ecosistema manglar, que deberá coordinar con las otras entidades del sector público en sus respectivos ámbitos de competencia y jurisdicción, el manejo del ecosistema. Teniéndose en cuenta la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión. Esta Cartera de Estado establecerá las políticas de conservación, recuperación, restauración, regeneración, valoración, uso, manejo y administración de los recursos del ecosistema del manglar.

También determina que a las comunas, comunidades y pueblos ancestrales del ecosistema manglar que han habitado ancestralmente las tierras, el Estado se les garantizará el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos del ecosistema en mención, con sujeción a las regulaciones que dicte el Ministerio del Ambiente.

JLVN/pv

 

 

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