Si se aprueba proyecto de Ley de Comunicación será posible la democratización de la comunicación, sus medios y tecnologías: Mauro Andino

Miércoles, 11 de abril del 2012 - 14:27 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Comisión Ocasional de Comunicación y ponente del proyecto de Ley de Comunicación, en la reinstalación de la sesión 136 del Pleno, subrayó que si se aprueba la propuesta será posible la democratización de la comunicación, sus medios y tecnologías.

 

Así mismo, la delimitación de los poderes públicos y privados para garantizar el ejercicio de los derechos a la comunicación establecidos en la Constitución, también, la reversión de las frecuencias de radio y televisión mal habidas; la distribución equitativa de las frecuencias, destinando el 33% de ellas a medios privados, el 33% a medios públicos y el 34% a medios comunitarios; que los pobres, los excluidos y los silenciados tengan voz propia y medios de comunicación propios.

 

En cambio, precisó, si el proyecto no se aprueba se perpetuarán los privilegios de los grupos económicos que son dueños de los grandes medios de comunicación y han monopolizado la comunicación en defensa de sus personales intereses; se alargará el tiempo de uso y disfrute de las frecuencias de radio y televisión mal habidas.

Reiteró que si no se aprueba “se cubrirá de impunidad, por quien sabe cuánto tiempo, a quienes obtuvieron frecuencias de radio y televisión de forma ilegal; así como se perpetuará el oligopolio mediático; se impedirá el desarrollo jurídico de los derechos a la comunicación reconocidos constitucionalmente; se condenará a los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias a no tener medios comunitarios; se perpetuará el silenciamiento de la gran mayoría de ecuatorianos a favor de un puñado de poderes. Quede en su conciencia y en la historia del Ecuador la decisión que expresen con su voto”.

En su intervención el ponente señaló que luego de presentar el texto a Secretaría de la Asamblea Nacional, el 4 de abril de 2012, llegaron otros aportes de asambleístas de los cuales se incluyeron un total de 22 modificaciones, en su gran mayoría, son de forma y unos pocos de fondo. Entre las modificaciones de fondo, por ejemplo, en el artículo 114 referente a la reversión de las frecuencias se establece que todas las concesiones de frecuencias que hayan sido obtenidas ilegalmente volverán a la administración de la autoridad de telecomunicaciones una vez que ésta haya realizado el debido proceso.

También se determina que en todos los casos en que se declare judicialmente la ilegalidad de una concesión, el Estado, a través de la Procuraduría General del Estado, reclamará obligatoriamente la reparación integral de los daños causados y la devolución al Estado de todos los beneficios económicos generados por el usufructo de una concesión ilegalmente obtenida. El incumplimiento de esta obligación será causal de juicio político de la o el Procurador General del Estado.

Los terceros afectados por las transacciones ilegales realizadas con frecuencias para el funcionamiento de estaciones de radio y televisión podrán reclamar por la vía judicial a quienes los perjudicaron.

Igualmente, señaló que en la conformación del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación se incluye a un miembro designado por las organizaciones de los pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianas y montubias; en la distribución equitativa de frecuencias se prevé que en todos estos casos, la distribución de frecuencias priorizará al comunitario hasta lograr la distribución equitativa que establece este articulado.

JLVN/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador