Con 91 votos, los asambleístas aprobaron el proyecto de Ley de Administración de Bienes, Reformatoria a la Disposición Transitoria Única de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos; y, a la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por el cual no solo se le da al Consejo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, Consep, la custodia sino la capacidad administrativa de los bienes incautados por delitos relacionados con el narcotráfico.
El ponente del proyecto de ley y presidente de la Comisión de Régimen Económico, Paco Velasco, subrayó que la reforma plantea sustituir la Disposición Transitoria Única de la Ley Reformatoria a la Ley para Reprimir el Lavado de Activos, por una disposición general estructurada de la siguiente manera: Los bienes muebles –inmuebles que actualmente se encuentran bajo la administración del Consep y los que en adelante sean objeto de medidas cautelares y/o procesos penales quedarán bajo depósito, custodia, resguardo y administración del Consep.
Argumentó que actualmente el Consep tiene la responsabilidad de custodia y resguardo en calidad de mero depositario de los bienes sujetos de medidas cautelares por procesos penales, pero que un mero depositario no tiene facultades de administrar, causando problemas con la tenencia de bienes perecibles, bienes muebles e inmuebles que necesitan mantenimiento.
De allí que es necesario, dijo, reformar la ley para permitir que el Consep actúe resguardando, administrando y como depositario de los bienes incautados, con lo cual puede tomar medidas que le permitan mantener en buenas condiciones los bienes a su cargo.
En caso de sentencia ejecutoriada, manifestó que el dominio de bienes muebles-inmuebles, es transferido a la Institución Pública de Gestión Inmobiliaria; y, de existir el sobreseimiento definitivo y/o sentencia absolutoria, el Consep devolverá inmediatamente el bien a su propietario.
De igual manera, en la Disposición General Segunda se determina que el Ministerio de Finanzas, asignará al presupuesto institucional del Consep, los recursos necesarios para ejercer el depósito y administración de los bienes sujetos a medidas cautelares por delitos previstos en la Ley de Prevención, Detección y Erradicación de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos en la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En la Disposición General Tercera se establece que el Secretario Ejecutivo del Consep, cada seis meses, presentará un informe detallado al Consejo Directivo de la entidad y al órgano de control, sobre la situación de los bienes que se encuentran bajo su depósito, custodia, resguardo y administración, el cual contendrá, de ser el caso, gastos de administración y/o mantenimiento y rendimiento o ingresos generados por los mismos.
Además, en la Disposición Transitoria Segunda se determina que el Consep dispondrá de 90 días, una vez entrada en vigencia la presente estructura normativa para expedir los reglamentos necesarios estableciendo los sistemas de control interno para el depósito, custodia, resguardo y administración de los bienes muebles e inmuebles puestos bajo su responsabilidad.
Paco Velasco recalcó que la aprobación de los informes para primer y segundo debate de este proyecto, preparados por la Comisión de Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control, tuvo votación unánime.
En los próximos dos días hábiles, el documento será remitido al Ejecutivo para su sanción u objeción, de conformidad con la Constitución y la Ley.
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