Reforma derogatoria en materia de casinos y salas de juego es ineludible e imperativa, en cumplimiento del mandato popular: Mauro Andino

Jueves, 26 de abril del 2012 - 20:37 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Sobre la base del informe preparado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, los asambleístas iniciaron el segundo debate del proyecto de Ley Derogatoria en Materia de Casinos y Salas de Juego, que fue presentado por la asambleísta Scheznarda Fernández, con el fin de dejar sin efecto disposiciones legales, decretos ejecutivo y acuerdos ministeriales, relativos al dicha actividad, en cumplimiento del mandato popular expresado en la consulta del 7 de mayo pasado.

 

El ponente del proyecto y presidente del organismo legislativo, Mauro Andino, reiteró que con la normativa se derogan las normas que permiten el funcionamiento de casinos y salas de juego, cuya validez fue revocada por mandato popular mediante la aprobación de la pregunta 7 de la consulta, por lo que considera que la propuesta es necesaria, ineludible e imperativa, en cumplimiento del mismo mandato popular.

Indicó que el proyecto tiene dos puntos fundamentales: el primero deroga la norma que autoriza la actividad de casinos y salas de juego establecidos en la letra f) del artículo 5 de la Ley de Turismo y el segundo, que deroga el Decreto No 500, publicado en el Registro Oficial 32 de 6 de noviembre de 1935, mediante el cual se creó la Ley de juegos de azar.

Con respecto a la situación de los empleados y trabajadores de las salas de juegos señaló que oportunamente el Ejecutivo dispuso que sean indemnizados y se garanticen sus derechos.

Sostuvo que según información del Ministerio de Relaciones Laborales para los 1 696 ex trabajadores de salas de juego y azar se ha diseñado un plan de reconversión laboral, que tiene como finalidad fundamental identificar el perfil ocupacional, edad, habilidades y experiencia laboral, así como las necesidades de capacitación y el interés por desarrollar sus propios emprendimientos, es decir, se incluyen programas de capacitación y nuevas ofertas de trabajo.

Por último destacó que en el proyecto de Código Orgánico de Garantías Penales, en el capítulo III sobre delitos contra el derecho al buen vivir, en la sección IV sobre delitos contra el derecho de los consumidores, se sanciona el establecimiento de casinos y salas de juego, casas de apuestas o negocios dedicados a los juegos de azas.

Agregó que el Art. 235 de este proyecto sanciona a los administradores, a quienes pongan en funcionamiento estos lugares y a las personas que lleven a cabo estas actividades, con penas de 1 a 5 años de prisión y el comiso de los instrumentos utilizados en el cometimiento de la infracción.

RSA/pv

 

 

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